Venta de moto

Hola. Estoy tramitando la venta de una moto de mi propiedad. La moto la vamos a limitar para que el comprador que tiene el carnet menos de un año, pueda conducirla sin problemas. Al limitarla se ha de pasar la i tv posteriormente, pero se da la circunstancia de que a la moto también le toca ya pasar la itv. La pregunta es si tengo que pasarle la itv normal ( sin los papeles de limitación) o si ya nos esperamos a tener el certificado de la moto limitada para pasar por la itv. Gracias.

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Puedes esperar a tenerla limitada y pasar la itv completa, te ahorraras un viaje, aunque la itv se doble.
Ok muchas gracias por la rapidez en la respuesta. Entonces entiendo que los dos hemos de pagar la itv, yo para poder venderla y el para poder transferir la moto a su nombre. Si no es así por favor me lo aclaras.

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