Multa por carecer de seguro

El día 5 de mayo de 2009 me han retirado de la vía pública y llevado al depósito municipal un coche a mi nombre por carcer de seguro. Al día siguiente lo retiré del depósito y lo de de baja. En la factura del servicio municipal de depóstio de vehículos figura como fecha de entrada del vehículo el día 5/05/2009
¿El día 11 de agosto se publica en BOP que tengo una mulat de 800? Por carecer de seguro obligatorio para cuya conducción se exige el permiso de la clase B.
Ahora bien, en los datos del expediente que me da la chica del race figura Fecha Denuncia el día 05/04/2009 (fecha errónea ya que sucedió el 05/05/2009, un mes después) y segundo error que encuentro, que desde cometí la infracción (tomando cualquiera de las os fechas la errónea o verdadera) hasta que recibo la multa (publicada en bop el día 11/08) pasan más de dos meses.
Mi pregunta es si existiendo estos errores en la muta dicha multa es legítima y que debería hacer, siendo hoy 8 de septiembre y con las fechas muy jusyas para recurrir o pagar con descuento.
Agradezco que puedas orientarme un poco, ¿tengo todos los documentos conmigo y en caso de poder recurrirla con quien podría hacerlo y alegando que?

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En el recibo del Depósito Municipal consta la fecha de entrada del vehículo y probablemente la Autoridad ordenante, pero no la fecha de la denuncia, que es la que nos interesa, por lo que si te informas en las oficinas de esa Autoridad(supongo que la Jefatura Provincial de Tráfico), saldremos de dudas, ya que puedes haber sido denunciado 30 días antes de retirarse el vehículo de la vía pública, al no poder notificársete la infracción(¿domicilio diferente al del Permiso de Circulación?) Y no presentar el recibo del seguro en Tráfico.
Las infracciones muy graves, como esta, tienen un plazo de 1 año para su resolución y no dispone de descuento alguno(si de fraccionamiento).
El recurso solo es posible si la fecha de denuncia es distinta a la publicada en el BOP.
Lo que sí puedes reclamar es el arrastre y depósito del vehículo, si la Autoridad que lo decretó es distinta a la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que es esta la única que tiene competencia en este sentido.
Espero que te sirva de ayuda, un saludo y no olvides valorar la respuesta,
Txema
Gracias por tu pronta respuesta! Solo quiero preguntarte donde se puede pedir el fraccionamiento de la multa.
Gracias otra vez me has aclarado varios puntos!
El fraccionamiento debes solicitarlo en la Administración que emitió la sanción, Ayuntamiento o Jefatura de Tráfico correspondiente.

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