Multa por adelantar en linea continua

Le comento lo ocurrido:
Me encontraba circulando por una carretera comarcal a una velocidad de 90km/h ya que no hay limitación en contra... Bien, al pasar un cambio de rasante me encuentro a un coche en mi mismo sentido, que circulaba anormalmente lento, y para no chocar o tener un accidente, y no venir nadie por el sentido contrario, puse intermitente y adelante al coche en cuestión, el coche que venia detrás mio hizo lo mismo al encontrarlo de repente, bien, cual es mi sorpresa que el coche adelantado empieza a dar las largas y pone los luminosos de la guardia civil (era un coche camuflado), adelantan al otro coche y me hacen parar de mala manera en un inexsistente arcén, con el peligro que conlleva para la circulación en una carretera sin arcén. El patrullero en cuestión me recrimina que he realizado un adelantamiento en linea continua y con poca visibilidad, esto ultimo es mentira porque es un cambio de rasante y después una bajada pronunciada con perfecta visibilidad, me requieren documentación y carnet... Y realizan la denuncia alegando:
"adelantar en curva de visibilidad reducida y con linea continua"esto ultimo es cierto ya que por esquivar al coche tuve que pasar en linea continua... Me requieren 200e y 4puntos del carnet. No firme la multa, por entender que era incorrecta.
Mis preguntas son:
¿Puedo recurrir la multa alegando que el coche en cuestión adelantado se encontraba por debajo de la mitad de la velocidad máxima permitida y fue un adelantamiento sin riesgo para evitar un accidente?
¿Necesito testigos a mi favor?
¿Qué necesito para probar que había suficiente visibilidad? Y que el punto km que figura en la multa es falso, ¿por qué los hecho sucedieron antes del punto km indicado en la multa?
¿El otro coche implicado que no pararon podría valer de testigo?
¿Hay diferencia de sustracción de puntos al ser solo linea continua o se restan más por el agravante de poca visibilidad?
¿Dónde debo dirigir las alegaciones?
¿Es conveniente pagar la multa y con ello darles la razón, o esperar a la resolución de las alegaciones y la resta de puntos?
Muchísimas gracias y un saludo
Felicitaciones anticipadas por el trabajo laborioso y gratuito que realizáis

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Lo primero, si presenta alegaciones, no puede pagar y pierde la reducción si la tiene. Si paga no puede presentar recurso.
El problema de todo esto, es demostrar que no tienen razón dos Guardias Civiles, que se les presume veracidad... por lo tanto, aunque aporte testigos, es difícil demostrar lo que usted dice... Y seguramente perderá el recurso.
Las alegaciones las tiene que dirigir al Órgano Sancionador, normalmente en este caso al Jefatura de Trafico de la provincia. Que usted no firme, no significa que no este notificado, ya lo esta. Y los plazos comenzaron en ese momento.
Los puntos y la sanción se gradúan en función de la gravedad, y adelantar en lugar prohibido, es grave...
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