Multa discos portátiles procesión
Quiero preguntar en qué términos debo recurrir la multa que me han puesto el día 16/04/2011 sábado, en la ciudad de Murcia por estacionar con mi ciclomotor en un espacio reservado a estacionamiento de vehículos de 2 ruedas, pero el día de la denuncia existían dos discos portátiles que prohibían el estacionamiento a partir de las 16:00 h (en la señal había pegado un papelito ilegible a más de 1 metro de distancia) ya que pasaba una procesión que comenzaba a las 18:00, pero pasaba según programa por esa calle a partir de las 19:45 horas.
La notificación de la multa consigna como hora de la infracción las 16:20. La citada notificación hace referencia al precepto infringido 154 RGC, y el hecho denunciado es "NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN (DISCOS PORTÁTILES PROCESIÓN)" código 3377, calif leve, agente 849.
Lo principal es que los discos estaban sobre la acera peatonal (los vi cuando regresé) cuando aparqué el ciclomotor debían estar tapados por los demás vehículos, ya que el espacio de aparcamiento abarca como unos 50 metros estaba lleno de motos y es una zona de bastante tránsito peatonal, y la altura de estas señales es bastante limitada por eso estaban encima de la acera supongo, aunque no debía sobresalir lo suficiente para que tuvieran visibilidad plena. Cuando llegué me encontré el papelito en el suelo y la moto se la había llevado la grúa. Entonces fue cuando vi claramente los discos.
Podría decirme si debo recurrir o pago la multa injusta a mi parecer. Y si debo recurrirla en que me apoyo ya que no tengo pruebas de todo lo que comento.
Muchas gracias.
PD. Puede ver el sitio concreto buscando calle santa murcia clara en maps.
La notificación de la multa consigna como hora de la infracción las 16:20. La citada notificación hace referencia al precepto infringido 154 RGC, y el hecho denunciado es "NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN (DISCOS PORTÁTILES PROCESIÓN)" código 3377, calif leve, agente 849.
Lo principal es que los discos estaban sobre la acera peatonal (los vi cuando regresé) cuando aparqué el ciclomotor debían estar tapados por los demás vehículos, ya que el espacio de aparcamiento abarca como unos 50 metros estaba lleno de motos y es una zona de bastante tránsito peatonal, y la altura de estas señales es bastante limitada por eso estaban encima de la acera supongo, aunque no debía sobresalir lo suficiente para que tuvieran visibilidad plena. Cuando llegué me encontré el papelito en el suelo y la moto se la había llevado la grúa. Entonces fue cuando vi claramente los discos.
Podría decirme si debo recurrir o pago la multa injusta a mi parecer. Y si debo recurrirla en que me apoyo ya que no tengo pruebas de todo lo que comento.
Muchas gracias.
PD. Puede ver el sitio concreto buscando calle santa murcia clara en maps.
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