Aparque mi vehículo en zona azul (tengo el ticket) pero era, ademas, zona de carga y descarga.

El día 1/6/13 estacioné mi vehículo en la calle Alcalá de Madrid en zona azul. Pagando mi correspondiente ticket. Cuando volví a por mi vehículo tenía una multa, formulada por el controlador del S.E.R., por estacionamiento en zona de carga y descarga sin realizar operaciones con esa finalidad. Había una señal pero yo iba con prisas y no la vi, vi el suelo azul, pague y me marché.

La notificación se emitió el 23/6/13 y a mi me llegó el 29/9 o 1/10. Cierto es que el coche es de alquiler y el proceso hasta que me llega es mas lento... Empresa de alquiler, mi empresa y después yo.

¿Puedo recurrir?

Tengo el ticket e hice fotos del coche (obviamente sin que se vea la señal, aparcado correctamente en zona azul). Por otro lado leo por internet que los plazos de notificación en infracciones leves no se han cumplido, ¿es eso cierto? ¿Sirve para el recurso?. Lo único que aprecio en la notificación es la ausencia de modelo del vehículo, indican solo la marca, sin mas.

La notificación que encontré en el vehículo no aparece firmada, es un papelito sacado con una maquina.

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La notificación que se realiza a la empresa de alquiler, ya paraliza la prescripción, por lo tanto, es difícil que esto haya prescrito.

Usted puede presentar el recurso, aportando las fotografías, pero tendrá difícil ganar cualquier recurso, si efectivamente es zona de carga y descarga.

La notificación que sirve es la que le ha llegado a usted, la que le dejan en un parabrisas no es notificación.

El hecho de que yo haya pagado, que el coche este debidamente estacionado en la zona azul y con ticket, de que la sanción no la ponga un policía sino un controlador S.E.R., la ausencia del modelo de vehículo en la sanción...

¿No tengo argumentos de peso para un recurso ganador?

Gracias.

Aunque sea zona azul, usted mismo indica que es zona de carga y descarga, por lo tanto, puede ser sancionado.

Este tipo de sanciones son completamente legales y en cualquier caso, aunque haya alguna sentencia en contra de los controladores, siempre seria en la vía contencioso administrativa, para lo que necesitara abogado y procurador, sin que nadie le pueda garantizar el resultado.

Puede alegar la falta de modelo en el vehículo, pero seguro que se lo subsanan...

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