Contrato de trabajo interna sin papeles

Tengo una persona de Perú trabajando como interna en mi casa desde hace un mes. Desde hace dos está en España pero no tiene permiso de trabajo ni de residencia. Me ha solicitado que la empadrone en mi domicilio y que le haga un contrato de trabajo. Nosotros somos profesionales que trabajamos en empresas por cuenta ajena por lo que no tenemos empresa o sociedad. Me gustaría saber que obligaciones tengo en este sentido, que implicaciones tendría para mi y que tramites debería seguir.

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Para hacerle una oferta de trabajo a una persona extranjera como empleada de hogar no es necesario que tengas una empresa, basta con que acredites que tienes ingresos suficientes para hacer frente a los salarios de la empleada.
Por lo que respecta al empadronamiento no hay ningún problema con que la empadrones, no te acarrea ningún tipo de responsabilidad.
Con relación al contrato de trabajo, se lo podrías hacer para que ella regularice su situación, lo que pasa es que al tener ella sólo dos años en España, si le aprueban el permiso tiene que viajar a Perú a recoger un visado. Sin embargo, una vez que ella cumpla tres años aquí en España puede pedir un permiso sin necesidad de tener que salir de España, pero esa es una cuestión que ella debe decidir.
Si vais a hacer el contrato ahora (es decir, ella va a solicitar el permiso y se va a buscarlo a Perú) no es conveniente que la empadronéis, ya que se supone que este tipo de permisos (antes de 3 años) es para gente que NO SE ENCUENTRA EN ESPAÑA. En cambio, si va a esperar a cumplir los 3 años para solicitar el permiso por arraigo SI es conveniente que la empadronéis.
Espero te haya sido de ayuda y no dudes en volver a preguntar si lo consideras necesario, rogándote que valores la respuesta y des por finalizada la consulta.
Hola Abogmadrid,
Quería hacerte una puntualización por si cambia tu respuesta: esta persona ha llegado a España hace solo dos meses no dos años. Y en mi casa lleva un mes.
Gracias.
Pues en ese caso es mejor que le hagáis la oferta de trabajo y que una vez aprobado vaya a Perú a buscar el visado, cuanto antes lo hagáis mejor. Llama a la Oficina de Extranjería de tu comunidad y enterate de los requisitos que piden (varían de una Delegación de Gobierno a otra), y sigo recomendándote que aún no la empadronéis.
Buenas noches abogmadrid,
Perdona que te haga una última pregunta. Hoy me ha comentado que ya tiene el visado porque viene de Alemania con él.
¿Esto cambia algo?
Muchas gracias de antemano por tu respuesta.
No, el visado que ella tiene es de turismo, para solicitar un visado de trabajo se tiene que tramitar la oferta de trabajo desde España. Además, aún en caso que el visado de Alemania fuera para trabajar (que lo dudo) cada país emite sus propios visados de residencia y trabajo.

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