Vigencia de Visa

Mi consulta es bien puntual... Me otorgaron la visa por reagrupación familiar, soy cónyuge de española, sin embargo la vigencia de la visa es de tan solo 90 días, ¿es esto normal en este tipo de visas por reagrupación familiar con comunitario?

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Te comento que si, que es normal lo de la visa.
No obstante has de saber que como cónyuge de española tienes derecho a residir y trabajar en España como cualquier ciudadano español. Puedes solicitar tu tarjeta comunitaria o en la embajada española de tu país o en la delegación de extranjería en España de la comunidad donde estés empadronado(si lo estas en España). Con esta tarjeta puedes viajar sin problemas. No se si te casaste en tu país o en España. Si lo hiciste convalidad vuestro matrimonio en la embajada y te darán el libro de familia español. Esto te lo cuento como consejo personal, pues yo así lo hice. Y te evitas mil tramites a la hora de viajar.
Dicha tarjeta tiene una validez de 5 años y así te evitas lo del visado, que te caduque etc.
Un saludo y para cualquier cosa ya sabes donde estoy.
Hola Sonia, gracia por responderme, y si me case en Perú y ya tengo el libro de familia, ¿entonces lo de la estadía de 90 días es normal?...
Ahora para sacar la tarjeta de residencia o comunitaria que documentos necesitare llevar de mi país y que otro documentos me pedirán para que me otorguen dicha tarjeta, ¿qué tiempo tarda normalmente que te entreguen esa tarjeta y podre trabajar mientras esta en tramite la tarjeta?
Muchas gracias por tus respuestas de antemano Sonia.
Pues te cuento.
Las visas se conceden por periodo de 90 días por defecto pues se entiende que vas a España y si te quedas a residir en 3 meses te da tiempo de sobra a tramitar la documentación y al menos tener el resguardo, con lo cual aunque estando es España te caduque el visado tienes tu resguardo y no estas ilegal. Si se te pasa el visado para cuando viajes, pide otro y di la fecha en la que vienes, para que te lo hagan coincidir.
Pero te digo, me supongo que aun estas en Perú... si me dices que ya tienes el libro de familia(el español claro, el de Perú te sirve para convalidar el matrimonio)pero yo me supongo que si tienes el Español ya estáis casdos a ojos de España. Pues viaja con el visado en vigor, tu pasaporte y el libro de familia.
Cuando estés en España(lo primero, empadronate con tu cónyuge en el mismo domicilio) para sacarte la tarjeta debes dirigirte a extranjería de la comunidad donde residáis. Tendréis que solicitar cita(normalmente te dan un teléfono de citas, llama e isniste que te lo cogen y pides la cita) para la tarjeta. El día de la cita debéis rellenar la solicitud ex. 16, y aportar original y copia de lo siguiente:
Libro de familia de España(fotocopia todas las hojas donde haya anotaciones)
Partida de nacimiento(la tuya traela apostillada de Perú y cuando la pidas di que es para la tarjeta comunitaria por matrimonio para España)
Dni de ambos, en tu caso el pasaporte para identificarte
Certificado de empadronamiento de ambos(os lo darán en el ayuntamiento)
Te piden dos fotos tuyas para la tarjeta
No se si te pedirán certificado de antecedentes penales de Perú traetelo por si acaso(también di para lo que es cuando la saques)
¿Tenéis qué pagar creo que son 6,90?, te dan un papel y con eso en el banco lo pagáis y presentáis el recibo como que esta abonado. Son las tasas para la tramitación de la tarjeta.
No recuerdo más documentos, creo que eso es todo, al menos lo que me pidieron a mi. No se si en función del país varia pero vamos supongo que no.
Ese mismo día firmáis tu pondrás la huellas en unos documentos(para que salgan en tu tarjeta) y ya esta. Te dan un resguardo como que estas tramitando y cuando la tarjeta este te mandan una carta avisándote. OJO:a nosotros no nos mandaron carta ni nada, yo fui a los 3 meses a la oficina de extranjería de Gral.Pardiñas(Madrid, que es la que a mi me corresponde) a ver que pasaba, y ya la tenían, pero la carta jamas llego. Menos mal que se me ocurrió ir si no ni nos enteramos que ya estaba. Por eso a los 2 meses si no tienes noticias vete a ver como va el tema. No deben tardar más de tres meses en tenerla, yo que la pedí en Madrid que es donde más trabajo tienen tardaron eso, tres meses.
Según la ley cuando te dan el resguardo, con tu pasaporte y libro de familia ya puedes residir. Esto es cierto. Pero según la ley también puedes trabajar, pero en la paractica hasta que no te den la dichosa tarjeta es difícil que alguna empresa quiera contratarte, pues las empresas no suelen fiarse.
Y eso es todo. Si te surgen más dudas, cuando estés aquí o en el proceso, dímelo y te ayudo, que yo pase por lo mismo y se lo que es estar haciendo filas solo por pedir información, y el no saber como se hace todo esto, aunque en realidad es bien sencillo.
Sonia ... simplemente darte las gracias ... por tomarte el tiempo para responderme .. no sabes el peso que me kitast de encima ... en serio muchas gracias por tu magistral respuesta .. y la verdad que si tienes mucha razón, cuando desconocemos de un tema .. perdemos mucho tiempo en ir a lugares equivocados o tan solo por buscar respuestas ... me ha sido de mucha ayuda tus respuestas y nada... yo estaré viajando en Junio a españa la primera semana ... y pues si me gustaría star en contacto por que imagino que allá tam, b sera un rollo lo de los tramites... si no es mucho pedir .. me gustaría mantener contacto contigo .. mi correo es [email protected], en conclusión muchísimas gracias ...

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