¡ Hola ¡ Hice una oferta de trabajo a un uruguayo de forma legal y me vino denegada. Mi pregunta es la siguiente: ¿Qué otra forma hay de traer la persona para que pueda estar aquí legal? El tiene a su padre aquí en España. Muchas gracias.
Entiendo que usted hizo dicha oferta de trabajo para este ciudadano uruguayo amparándose en el hecho de ser hijo de residente legal en españa. El hecho de la denegación de dicha oferta imagino habrá sido por no haber acreditado la solvencia de su empresa o porque la delegación del gobierno ha entendido que usted no tiene trabajo suficiente para esta persona en el año que dura la autorización de residencia inicial. No me ha comentado si ha cursado el recurso correspondiente o no. La posibilidad de traer una persona extranjera son dos: 1) Con oferta de trabajo 2) Mediante la reagrupación familiar. La reagrupación familiar la tiene cerrada pues imagino que será mayor de 18 años. REspecto a la oferta de trabajo, esta persona al ser hijo de residente legal en españa tiene una preferencia conforme al artículo 40 b) de la ley de extranjeria. Por tanto no se tendrá en cuenta la situación del empleo en españa para dicha oferta. Esto significa que la oferta de trabajo para esta persona podrá ser para cualquier sector laboral, incluido el servicio doméstico. Espero haberle aclarado su duda, caso contrario no dude en preguntar de nuevo.