¿Dónde obtener las tasas para la 3ª Renovación de NIE?

Para la 3ª Renovación de mi NIE:
- ¿Qué documentación necesito (contrato de trabajo, días cotizados, pasaporte en vigor...)?
- ¿Qué formulario hay que adjuntar (ex-01... U otro)?
- ¿Dónde consigo las tasas (si sabéis de alguna página web donde descargarlas e imprimirlas para luego ir a pagarlas al banco)?
Tengo entendido que para la 3ª renovación no hace falta tener un contrato de trabajo o un mínimo de días cotizados y que solo se paga 1 tasa, la del trabajador, y ya no la del empresario. ¿Me podéis confirmar que esto es así?
Respuesta
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Lo que tiene que solicitar es la residencia permanente o de larga duración, aquí tiene información de las tasas:
http://www.mir.es/SGACAVT/tasas/RESIDENCIA_Y_PERMANENCIA_DE_EXTRANJEROS/Residir/
la solicitud seria esta:
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/modelos_extranje/ex_00.pdf
Para la residencia de larga duracion tiene que acreditar 5 años de residencia continuados en españa, no tiene que presentar ningun contrato, para recoger el impreso de tasas debera acudir a la oficina de extranjeros o comisaria de policia nacional de su localidad, los requisitos que tiene que presentar son estos:
Autorización de residencia permanente:
1. Pasaporte completo o titulo de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
2. Documentación acreditativa de estar en alguno de los siguientes supuestos de acceso: haber residido legalmente en España durante 5 años; ser
beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; haber nacido en España y haber residido 3 años
antes de la solicitud; haber sido español de origen; haber estado, al llegar a la mayoría de edad, bajo la tutela de una entidad pública española de forma
consecutiva durante los cinco años inmediatamente anteriores; ser apátrida o refugiado; haber contribuido de forma notoria al progreso económico,
científico o cultural de España o a la proyección de España en el exterior.
La documentación acreditativa de haber residido legalmente en España podrá ser sustituida por documento en el que el interesado consienta a la
comprobación de dicha información por la Administración General del Estado.

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Puede pagar por internet o en una entidad colaboradora.
Tiene que rellenar el documento de pago 790, si paga por banco, una vez rellenado el documento tiene que imprimirlo e ir a un banco o caja y pagar la tasa, una vez pagado lo presenta en la oficina correspondiente . El documento lo encuentra en ministerio precedencia, extranjería formulario 052, documento 790.
Está en esta dirección
 .imprimdocehttps://sedempr.gob.es/tasasPDF/es/jsp/formularioExtranjeria052.jspl documento 790 , del Ministerio de la Presidencia.
Podría cerrar la pregunta y puntuarla, hace días que está en el buzón y el espacio esta ocupado y hay otras personas que pueden necesitarlo.

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