Denegar la nacionalidad una vez concedida

Mi pregunta es si es posible que te denieguen la nacionalidad por matrimonio una vez concedida (7-12-2010) después del divorcio (11-11-2010) estando casado 5 años.
La notificación de la concesión ya me ha llegado a casa después de unos 2 meses después de la concesión (1-2-2011) y ahora me llega un telegrama por parte del registro civil donde debo de acudir a una fecha y hora concreta (18-04-2011) para aclarar términos de la inscripción del matrimonio. Yo en su día antes del divorcio, cambie de domicilio y lo notifique al ministerio de justicia y ahora me corresponde otro registro civil de Madrid. En el encabezado pone que es un exhorto
¿Qué puede ser el telegrama?, ¿Me la pueden denegar porque aún no he hecho la jura?
Respuesta
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Usted ya no cumpe con los requisitos para la nacionalidad, por lo tanto, podrían denegarla al no haber terminado el tramite de nacionalidad... Aunque no suele ser lo normal en casos similares...
Un exhorto es una comunicación de otro partido judicial diferente al suyo, que le failita que realice el tramite que corresponda en su partido judicial (juzgado de su localidad). No se puede saber de que es, mientras no se persone y lo retire... Puede ser cualquier cosa de otro juzgado...
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