Indemnización retardo Vueling
Hace un par de semanas compré un vuelo con la compañía Vueling de Madrid a Barcelona cuya hora de salida era a las 11.35 de la mañana. Una vez en el finger a punto de subir al avión nos hicieron retroceder hasta el aeropuerto por una supuesta avería que tenían que resolver. Estuvimos esperando algo más de 7h hasta que la compañía se dignó en ir alojándonos en diferentes vuelos, en mi caso tuve suerte y conseguí que me asignaran en uno de los primeros vuelos, es decir, en el de las 18.55h en otro vuelo hacia Barcelona. Así pues, tuve un retraso de 7h y 20 min de la hora del vuelo inicial.
Evidentemente que puse una reclamación pidiendo la indemnización de 250€ según la ley europea para vuelos de menos de 1500 kilómetros. Según ellos no tengo derecho a esta indemnización dado que decidí no esperar. Esperé 7h y 20 min en el aeropuerto, si eso no es esperar que me digan qué es para ellos esperar. Efectivamente, a las 18.55h acepté volar en otro vuelo asignado por la compañía y, según ellos, por ese motivo no tengo derecho a la indemnización. Eso sí, me ofrecen la opción de cambio de fecha gratuito (cosa que en mi caso no tiene sentido) o la devolución del importe del billete.
Mi pregunta es, ¿es cierto que a pesar de haber esperado 7h y 20 min en el aeropuerto y aunque haya aceptado volar en otro avión no tengo derecho más que a la devolución del importe del billete? Si no es así, ¿A qué tengo derecho?
Si si, eso me dijisteis en 2013 acerca de un retraso en Ryanair de 5 horas en un Ibiza-Madrid, y yo no vi un euro, porque según dijisteis, AENA no sabía nada - Anónimo