Cancelación viaje

He realizado una transferencia de 150 euros como reserva de un viaje este verano a Punta Cana, el resto del pago se realizaría 15 días antes de la partida.
Mi pregunta es... ¿puedo cancelar esta reserva y me devolverían los 150 euros? ¿De cuánto tiempo como máximo dispongo para cancelar dicho viaje?
Hemos añadido seguro de cancelación en la reserva, pero la gente me dice que sin una causa de fuerza mayor no te devuelven el dinero
Para mi no seria gran problema que no me devolvieran los 15o euros. Lo que no me gustaría es que esta reserva que he realizado (de la que solo tienen mi nombre y primer apellido) me obligara contractualmente a pagar el resto del viaje.
No se si he conseguido explicarme bien...

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Ante todo perdona la tardanza pero este mes de abril me he estado cambiando de local y no he tenido tiempo de nada.
Imagino que te habrán confirmado el viaje de alguna manera. Con esa confirmación te tendrían que haber mandado las condiciones. Normalmente las condiciones de anulación son: hasta 15 días antes del viaje es el 5% más los gastos de gestión (aquí cada uno pone lo que quiere). Entre 15 y 10 días el 25%. Entre 10 y 3 días el 50%. Con menos de 3 días te pueden cobrar el 100%. Ademas el importe del seguro no se reembolsa en ningún caso.
Por ello, yo te recomiendo que canceles el viaje cuanto antes. Lo que te han comentado del seguro es cierto, sólo te pagan los gastos en caso de que el viaje se anule por ciertas causas (lo de "no me voy porque no me apetece" no vale).
Lo que me parece extrañísimo es que te hayan hecho la reserva con sólo el nombre y el primer apellido. Para la reserva aérea se necesita el nombre completo y el nº de nif.
Buenas tardes...
Aun faltan 4 meses para el viaje, en caso de anular 15 días antes de partir lo tengo claro... mi duda es en el periodo de tiempo que va desde ahora hasta los 15 días antes...
No tengo ningún tipo de documentación porque lo hemos hecho a través de la agencia que le lleva los viajes en la empresa donde trabaja una de las que vamos... solo hice la transferencia a su cuenta bancaria y ya esta...
Ya le digo que la posibilidad de no poder ir al viaje, no es por no apetecer, es por motivo económico, no se si podre desembolsar ese importe cuando llegue el momento...
Cuando te dije que no te apetece me refiero a que no es porque se te haya muerto un familiar o estés enfermo o incluso te hayan robado en casa.
Deberías pedir la documentación de la reserva y ahí te pondrán las condiciones de anulación. Y la persona que está como responsable de la reserva será la persona que la ha hecho. Al final, cuando fueran a emitir los billetes aéreos, os pedirían el resto de los datos.
Perdona si soy pesada, pero es que no me ha quedado claro...
Mi duda es, si antes de que llegue el día que tenga que pagar el resto del viaje (15 días antes de partir) yo por temas económicos (si me quedo en el paro o la empresa deja de pagarme la nomina, de hecho me la esta pagando cada vez más tarde...) ¿Puedo cancelar mi viaje y tendría derecho a que me devolvieran los 150 euros de la reserva?
Es que ya se que por causa de fuerza mayor se puede cancelar en cualquier momento, pero no se si quedarse en el paro es motivo de fuerza mayor...
No es caso de fuerza mayor, pero si es motivo que cubre el seguro, nromalmente. De todas maneras como te dije debes pedir a la agencia que te lo ha hecho la documentación y la condiciones del seguro que has contratado para ver si esa está dentro de los motivos de cancelación.
Te copio un extracto de las coberturas de un seguro:
a) Debido al fallecimiento, enfermedad grave, o accidente corporal grave de:
- El Asegurado, cónyuge, y familiares en primer o segundogrado.
- De la persona encargada durante el viaje del Asegurado, de la custodia, en la residencia habitual, de los hijos menores de edad o disminuidos.
Por enfermedad grave se entiende una alteración de lasalud que implique hospitalización o necesidad de guardarcama y que, a juicio, de un profesional médico impida la iniciación del viaje del Asegurado en la fecha prevista, o conlleve riesgo de muerte para alguna de las personas citadas anteriormente.
b) Debido al acontecimiento de un asunto grave que afecte a la propiedad del Asegurado y haga indispensablesu presencia en:
- Residencia principal.
- Local profesional o de negocios.
c) Debido al despido laboral del Asegurado. En ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del contrato laboral, renuncia voluntaria o por la no superación período de prueba. En todo caso, el seguro deberá haberse suscrito antes de la comunicación escrita por parte de la empresa del trabajador.
d) Debido a la incorporación del Asegurado a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral superior a un año, siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la inscripción del viaje y, por tanto, a la suscripción del seguro.
e) Debido a la convocatoria del Asegurado como parte o testigo de un tribunal judicial o laboral.
Tienes que asegurarte que el tuyo cubre lo mismo.

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