Puerta de acceso vivienda
Recientemente he adquirido una vivienda en régimen de propiedad horizontal, en la que el seguro del anterior propietario cambió la puerta de acceso a la misma por quedar dañada la puerta anterior. La puerta que el seguro del anterior propietario instalo, de roble, como la anterior, no tiene las molduras que caracterizan al resto de puertas del edificio, por lo que la comunidad reclamo al anterior propietario que cambiase la puerta, cosa que este no hizo. Ahora, cinco años después, he adquirido dicha vivienda y la Comunidad de Propietarios me reclama como hiciese sin éxito con mi vendedor, que cambie la puerta para ponerla igual que el resto de vecinos. ¿Estoy yo ,como nuevo adquirente, obligado?
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Respuesta de 08023 Architecture Design Ideas