¿Hay qué calcular el usufructo para poner la donación en el irpf?

Un sr nacido en elche(alicante) en 1930 dona a sus hijos en 2014 unos 104.250 en casas y locales que no son la vivienda habitual(este precio ya esta actualizado y es el que aparecerá en escritura de donación), se va a guardar el usufructo de todos los bienes. El valor de compra de estos bienes costaron en su día 2.800.000 pts comprados en 1993.

Mi pregunta es: ¿Para realizar la declaración de renta del donante el incremento patrimonial es 104.250 el precio de venta digamos y el precio de compra los 2.800.000(pasándolos a euros claro)? ¿O hay que hacer algún calculo para ajustar estos precios de compra y de donación por quedarse el sr el usufructo?

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En nuestra opinión, se ha de calcular el usufructo, pues este importe minorara el incremento patrimonial, al no haber sido trasmitido.

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Y como se calcula el usufructo?

Desde esta página no realizañmos cálculos, en cualquier caso, en la donación, ya se habrá establecido el importe del usufructo o el notario puede ayudarle con esta cuestión, conforme a las circunstancias concretas.

Agradecemos valoración de la respuesta.

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