Autonomo = Angustia. Cotizar en Régimen General

Después de sus excelentes contestaciones me permito seguir con el tema por si puede ayudarme a salir de esta situación que me agobia.

Hace pocos días planteaba una pregunta que resumiendo decía.

Tengo 62 años y he sido autónomo durante 28 años y que por motivos de la crisis tuve que cerrar la empresa hace dos años. En consecuencia no tengo derecho a paro ni a ninguna ayuda y tampoco puedo solicitar la Jubilación voluntaria anticipada por no haber cotizado como mínimo 33 ó 35 años.

Ahora tengo la posibilidad de que un amigo me contrate en régimen general a jornada completa, pagándome yo todos los gastos. (El dinero me lo prestaría un familiar). ¿Puede ser una solución a mi situación?

Y mis preguntas son:

¿Tendría algún tipo de repercusión para la empresa que me contrate? No quiero que repercuta económicamente ni de ninguna manera a la empresa de mi amigo.

¿Cuántos meses tendría que estar dado de alta en Régimen General para que después de esos meses yo pueda cobrar el paro?

¿Cuándo tiempo cobraría el paro?

¿Qué cantidad cobraría?

No sé si tendría que preguntar alguna cosa más referente al caso que me tiene amargado y deprimido porque solo pensar que no cobraré nada hasta que me jubile, me tiene desanimado y pesimista.

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Respecto a tu consulta:

1-) Si vas a trabajar por cuenta ajena tiens que saber que el responsable del pago de las cotizaciones a la seguridad social es el empleador, aunque después seas tu quien le devuelva el dinero de la cuota de la seguridad social pero quien tiene que pagar a la seguridad social es la persona que te contrate peo no hay ningún problema si estáis los dos de acuerdo en hacerlo así..

2-) El periodo de cotización para cobra el paro es de 360 días lo que dan derecho a 4 meses de prestación y después de agotar los 4 meses de paro, si trabajas durante 2 años el tiempo del desempleo seria el doble y si cotizas durante 6 años cobrarías 24 meses que es el tiempo máximo que se cobra después de haber ciotizado durante 6 años máximo después de agotar el paro podrías acceder a un sunsidio de desempleo por haber agotado la prestación de desempleo siempre que reúnas los requisitos de acceso y que puedes consultar en el enlace de más abajo.. La cuantía a percibir estaría en función de lo cotizado en los últimos 180 días de esa cuantía los 6 primeros meses cobrarías el 70% y el resto el 50% .. De todas formas aquí te dejo un `par de enlaces para que los consultes y te informen sobre las preguntas que planteas en tu consulta..

http://www.citapreviainem.es/subsidio-por-desempleo/ 

http://cosaspracticas.lasprovincias.es/calcular-paro-prestacion-desempleo/ 

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