¿Tiempo aproximado desde firmar testamento hasta poder pagar el impuesto de sucesiones?

En principio agradecer que existan este tipo de webs para poder llegar a algún entendimiento legal, al igual a las personas expertas que lo componen para que todos tengamos la oportunidad, porque debida a mi corta edad y mi inexperiencia nunca antes me habia tenido que plantear algunas preguntas. Ha llegado el momento y debido a mi trabajo aun no he podido dirigirme a ninguna notaria para informarme sobre el tema y los pasos a dar antes de llegar al plazo establecido ( creo que son 6 meses ), para evitar pagar la penalizaciòn o denuncia que corresponde realmente tampoco me salpica a mi directamente, pero puede que por desinformación pueda llegar a hacerlo una vez superado dicho tiempo, por ello me gustaria poder informarme y actuar a tiempo.

Esta persona falleciò hace 4 meses aproximadamente y hasta el momento el único movimiento conocido que han hecho 1 mes tras el facllecimiento, ha sido ir a la notaria donde estaba el testamento y recibirlo.

Ahora vienen mis dudas; Tras recibir dicho testamento, ¿qué pasos y "papeles" serian los siguientes y necesarios hasta para poder dirigirse a la Direccion general de tributos de la Comunidad Autonoma y poder pagar el impuesto de sucesiones? ¿Tras recibir dicho testamento seria necesaria la firma de todos los herederos para hacer algun previsto o imprevisto cambio?

Os agradeceria mucho que me ayudarais a resolver esta gran duda a causa de la mia de ignorancia y descofianza personal.

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Sin saber en que Comunidad Autónoma se tienen que liquidar los impuestos, le informo de forma general los trámites a realizar.

El plazo es de 6 meses a partir de la fecha de defunción, si es necesario y antes de llegar a los 5 meses se puede pedir una prórroga de 6 meses más.

Una vez recibido el testamento, los herederos deben acudir a un notario para realizar la aceptación de la herencia, si se desea realizar algún cambio deberán firmar aquellos a los que afecte directamente dicho cambio.

Una vez realizada la aceptación de la herencia tendrán que liquidar el impuesto de sucesiones (diferente en cada CCAA).

Si existen inmuebles o fincas tendrá que liquidar también las plusvalías.

Finalmente con la liquidación del impuesto de sucesiones y la escritura de aceptación de herencia podrán acudir a los bancos a tomar posesión del dinero. En el caso de los inmuebles esa misma documentación deberán presentarla en el Registro de la Propiedad a fin de que inscriban el inmueble a nombre del nuevo propietario.

Básicamente los trámites son estos, aunque pueden variar en alguna cosa o por algún caso concreto, si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto conmigo nuevamente.

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Estimada consultante, hay Comunidades Autónomas donde se pueden perder todas las deducciones por parentesco si no se presenta en 6 meses el impreso del impuesto de sucesiones. Estamos a su disposición en Valencia

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