Bien inmueble rústico hipotecado y negocio comercial instalado en dicho bien inmueble.
Mi cuestión es muy clara y sencilla. Una sociedad limitada deja de pagar una hipoteca, se llega a la ejecución de la hipoteca y a la subasta del bien hipotecado, ¿qué ocurre con el negocio comercial instalado en dicho bien inmueble rústico hipotecado? Se puede embargar, evidentemente, el bien inmueble rústico, eso es lógico y legal, pero ¿qué ocurre con el negocio o industria? ¿También es embargable? En la escritura de hipoteca lo único que se recoge es que la sociedad garantiza el pago con un bien inmueble rústico, nada se dice del negocio o industria que en dicho bien inmueble rústico existe. ¿Me podríais sacar de la duda? Gracia. Carlos.
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Respuesta de Abogados Edo