Diferentes primas seguros de decesos
Actualmente tengo contratada una póliza de seguros de decesos para mi esposa y para mi, y he visto que Adeslas, por el mismo seguro me cobra la mitad. Pero tengo dudas sobre si la antigüedad de mi anterior compañía la pierdo, y sobre todo, que tipo de prima contratar, (natural, seminatural o nivelada).
2 Respuestas
La antigüedad normalmente en seguros solamente sorve de "anclaje emocional". (Art. 22 ley de contrato de seguro).
Se podría "respetar" la antigüedad si aporta póliza anterior. Pero la perdería y podría perder también durante dos años la indisputabilidad.
Puede contactar conmigo porqué conozco bien esa póliza y le podría asesorar/informar correctamente e incluso me la puede solicitar.
Actualmente estamos en la Purísima Concepción, siendo nuestras edades de 54 años la mía, y 49 mi esposa. En cuanto al seguro ofrecido por Adeslas, me ofrecen un descuento especial al ser funcionario y tener mi póliza médica contratada con ellos.
Si ustedes fueran nacidos a 1 de enero y fueran de Madrid pagarían por el seguro 7,62 euros al mes (descuento máximo aplicado).
Faltaría dar precio exacto según la edad y provincia de entierro (aunque quieran incineración), revisar si cubre o modo de cubrir la lápida, etc.
Si contratan antes de fin de año, es interesante hacer subir la prima anual hasta 200 (añadiendo capital para accidentes) ya que si usted es funcionario (según dice) y pertenece a ISFAS, MUGEJU o MUFACE la Compañía le devolvería 100 euros el primer año (después ese capital añadido se puede seguir teniendo o quitar después del primer año).
Las tarifas que me facilitaron, fueron de 5,40 € para mi, y de 3,51 € para mi esposa, lo que hace un total de 26,73 € trimestralmente, y de 106,92 € anual. Referente al sepelio, ambos queremos incineración. Como mi actual seguro finaliza en Diciembre, tendría que darme de baja antes de finalizar Octubre, (2 meses de antelación), y en relación con subir la prima hasta un total de 200 €, creo que se refiere a la promoción para funcionarios, por la que por cada póliza contratada, se obtiene 50 € de regalo, siempre que estas sean de al menos 200 €, y entiendo que debería añadir a nuestra póliza de decesos, un seguro de accidentes, para de esta forma beneficiarme de la promoción.
Efectivamente, le devolverían 100 euros si añadiéramos Accidentes hasta 200 euros anuales o más (sumando decesos+accidentes a partir de 30.000).
Verá que el precio que le indiqué resulta inferior, para ajustar exactamente con el descuento máximo aplicable tendría que indicarme un teléfono o llamarme al 695555944.
También podría ser que en función de la provincia o DNI subiera el precio resultando los 8,91 mensuales que le dijeron a usted.
Trimestralmente habría una diferencia de unos 5 euros, variable en función del descuento que se pueda aplicar.
Aprovecho para indicarle que no solamente sirve para seguros de defunción y accidentes, si por ejemplo necesitara también un seguro de coche y otro del hogar, le devolverían 500 euros en lugar de 100, el diferimiento máximo sería hasta finales de febrero.
Una pregunta que se me olvidó realizar. Si una persona contrata un seguro de decesos y fallece, por ejemplo al mes siguiente de la contratación, que ocurre en estos casos, ¿tiene la familia del difunto que abonar los gastos del sepelio, al no haber cotizado lo suficiente el contratante la póliza?.
No se puede responder ni sí ni no. Depende. Si por ejemplo es muerte por accidente lo normal es que se cubra igualmente desde el primer día (siempre que no sea suicidio) y que incluso esté prevista alguna indemnización adicional. Si fuera muerte por enfermedad podrían existir unos días o meses de carencia según el tipo de póliza.
Si fuere muerte a causa de una enfermedad anterior a la contratación del seguro podría ser que tampoco cubriera en teoría pero que a la práctica sí (En general en esos casos las compañías no tendrían obligación legal de pagar). Cada póliza tiene sus condiciones y cada Compañía sus protocolos.
En los seguros de decesos que vendo yo NO se cubre la muerte por enfermedad durante los dos primeros meses pero Sí que se cubre desde el primer día la muerte por accidente. Si en el momento de contratación de la póliza la persona declara y realmente está en perfecto estado de salud a los dos meses también le cubriría una muerte por enfermedad, a no ser que se demostrara o fuera evidente que la enfermedad existía antes de la contratación de la póliza.
Saludos cordiales
Marc
Buenas tardes, disculpa por las continuas dudas que planteo en relación a este tema, pero no quiero que el posible cambio de compañía, pueda causar una posible carga económica a mi esposa, o viceversa, cuando pienso que en la actual aseguradora, después de mas de 25 años cotizando, no creo que surgiera ningún tipo de problema de esta índole.
Para mi es un placer poder responder.
Para dudas como la suya existen las simulaciones previas (yo le puedo imprimir una). En caso de duda es recomendable contratar el nuevo seguro 2-3 meses antes y una vez recibida la póliza nueva y revisada completamente anular ya el seguro anterior a su próximo vencimiento (por escrito dos meses antes del vencimiento). De ese modo podrá tener la seguridad total de lo que contrata y toda la información. Lo que también he hecho en algunos casos es incluso mostrar mi propia póliza de decesos a mis futuros asegurados para que puedan ver claramente que coberturas tendrían ellos (las mismas). En una clase que di se bromeó diciendo que me enterrarían solamente medio cuerpo con lo poco que pagaba :)
En el mercado existen pólizas muy similares que cuestan hasta 14 veces más y la cobertura es muy parecida, o que por ejemplo cuestan 3 veces más y solamente cubren la incineración. Quién quiera pagar que pague pero en cualquier caso lo ideal es dejarlo todo previsto y consultar siempre cualquier duda.
Piense que en seguros lo normal y lógico es que el tomador pierda el dinero pagado siempre que no se haya producido el siniestro, por lo tanto cuando dice que lleva 25 años pagando recibos no necesariamente quiere decir que todos eso años, ni muchos menos, le puedan aportar mucho a usted (aunque pudiera ser que sí o algo), ya que lo normal es que cuando no se produce el siniestro (en el caso que nos ocupa la muerte) la prima pagada sea, en su mayor parte (o toda), beneficio para el asegurador (compañía). Lamentablemente hasta he llegado a ver, y no hace mucho, compañías activas a día de hoy que incluso falsean la fecha de antigüedad (no sé si la compañía o su agente) a pólizas nuevas conscientes de que no tiene, en muchos casos, relevancia alguna y de que eso facilita (de modo muy ruin) el cambio de compañía a la familia asegurada. En ese caso que vi el padre de familia, que era quién decidía, ignoraba completamente el funcionamiento real de los seguros y se dejó seducir por ese engaño "piadoso".
A pesar de todo lo anterior no estaría de más revisar su póliza inicial y las renovaciones que seguramente habrán sido tácitas, o el duplicado de la póliza vigente que le tendrían que facilitar en la compañía. Muchas personas se sorprenderían si lo hicieran. La mayoría para mal y en algunos casos para bien.
En esos casos, muchas personas no lo consultan porqué no quieren ni oír hablar del tema y a mi personalmente me parece una lástima que algunas compañías y agentes de seguros se aprovechen de eso.
Piense que si está sano lo ideal es comparar 2 o 3 pólizas de decesos, leyendo todas las condiciones, valorarlas según su prima y en todo caso y si lo viera necesario complementar esa cobertura con otro seguro de accidentes a parte, que le sería mucho más económico y fácil de contratar que no un seguro de vida. Y también es importante ser consciente de que cualquier compañía podría modificar cualquier condición y de que los seguros no necesariamente son para toda la vida.
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Adeslas tiene una única modalidad de tarifa que es la natural, muy barata a edades jóvenes y muy muy cara a edades altas, 4 ó 5 veces mas cara que una prima nivelada. Cuando una compañía te ofrece precios muy baratos siempre es o prima natural. El comercial siempre oculta la información de las subidas. Asimismo es obligatorio que entreguen la simulación con las subidas hasta los 90 años según el R.D. artc 105 bis y que adeslas, generali, preventiva, meridiano... no entregan ocultando información vital sobre todo para quien ya tenia una prima nivelada hace años (santalucia, ocaso...)y vienen con el precio bajo sin indicar que pagaran de nuevo los años ya pagados
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Explíquele la diferencia entre la prima nivelada de la purisima concepción y la natural de adeslas, enséñele la tabla de como va evolucionar la póliza hasta los setenta años. Como le va a subir por la edad y por lo que suba el capital. - Manuel Maria Gonzalez Romero