Dudas sobre citación del SEPE

Hola, el día 30 de octubre recibí una carta del SEPE en la que se me exige entregar la siguiente documentación:

IRPF 2013 POR SER TITULAR OBLIGADO

Me dan un plazo de 15 días.

Mi pregunta es:

¿Los 15 días son hábiles o naturales? Ya que no me lo especifica.

Además, la declaración yo no la hice, porque no sabia que tenia que hacerla, ya que la renta anual, no llega ni por asomo al limite, pero como cobre dos meses de Paro, ese ano, acabo de leer que estoy obligado a hacerla, ya que cada mes eran 960 euros.

También me gustaría saber, la posible sanción por no realizarla, ya que me la solicitan para poder cobrar el subsidio por desempleo.

Muchas gracias de anteano por vuestras respuestas,

Atentamente,

Antonio DC

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Respuesta

La respuesta es sencilla. El artículo 48 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas determina que Siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.

Es decir, los plazos son por días hábiles, a contar desde el día siguiente a su notificación.

Si no hizo usted declaración de la Renta puede solicitar en Hacienda un certificado de no haber realizado dicha declaración por no estar obligado. De no acreditar dicha documentación ante el SEPE no existe sanción, simplemente podría no reconocérsele el derecho a la prestación del subsidio...

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