Cobro el subsidio para mayores de 52 años, tengo unas preguntas del nuevo decreto de ley.
Cobro el subsidio por desempleo desde los 52 años, con el nuevo decreto de ley que ha entrado en vigor, parece ser que no será con carácter retroactivo y no afectara a los que ya la estamos cobrando anteriormente a este decreto, quisiera saber lo siguiente:
-¿Tengo qué solicitar la renovación todos los años y presentar la renta?
-¿Me afectara lo del tema de las rentas de la unidad familiar al solicitar la renovación?
-¿A la hora de la renovación, estoy obligado a presentar la declaración de la renta?
-¿Y si no hice la declaración de la renta, por no estar obligado hacerla?
-¿Si corto para un trabajo temporalmente, seguiré con el mismo subsidio cuando termine el trabajo, o tendré que volver a solicitarlo?
-¿Si vuelvo tener que solicitarlo, tendrá que ser con el nuevo decreto ley, para mayores de 55 años?