¿Custodia compartida después de año y medio?

el tema es el siguiente...

Un matrimonio en régimen de gananciales se separa... él se queda en casa y es ella la que se va a vivir a piso de alquiler. Los hijos se quedan en custodia compartida .. Ya que a ese acuerdo llegaron. El marido se queda pagando la hipoteca integra y gastos de casa inclusive la urbana... Todo.

Pasados año y medio la esposa pide la casa... Que el pague la mitad de la hipoteca, custodia de los hijos y una elevada manutención, gastos compartidos, previa demanda de el en la cual pide custodia compartida como hasta ahora, aunque antes estaba la custodia a días y ahora pide que estipule el juez semanal o por quincena ya que el colegio advierte que la menor de los hermanos baja el rendimiento escolar, que ella afronte la mitad de la hipoteca ya que la mitad de la casa es suya y nada más.

Existe informe escolar favorable al padre en cuanto a atención de los hijos y ella sufre problemas psicológicos.

¿Consideran viable que un juez acepte todo lo que la esposa pide aún siendo ella la que abandonó el hogar y viviendo en custodia compartida hasta ahora?

Respuesta

Por lo que a los asuntos económicos se refiere, un abogado le responderá mejor. Por lo que al tema de la forma como se lleva a cabo la custodia compartida, dependerá de la edad de los menores, pero si en el colegio han detectado algún tipo de afectación en la menor de los hermanos, lo mejor sería solicitar un informe pericial psicológico para evaluar el grado de afectación y las causas, y que el forense aconseje qué tipo de guarda y custodia compartida es más favorable en el interés de los menores. A priori, una custodia compartida de semanas alternas no es nada extraño, por lo que si está respaldada por un informe profesional, no tendría por qué haber inconvenientes.

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Respuesta

El primero de los asuntos es: ¿Ese acuerdo vigente fue o no pasado por el juzgado? Es una cuestión clave para intuir el final del procedimiento.

Partiendo de la base de que el acuerdo haya sido pasado por el juzgado, es muy difícil cambiar ese mutuo acuerdo porque es necesario que se haya producido una modificación sustancial de las condiciones que se dieron hace año y medio.

Es evidente que la situación previa es un precedente que el juzgado va a tener muy en cuenta y, sobre todo, el bienestar de los menores. El que a uno de los menores le esta afectando negativamente este asunto es algo que no le va a gustar al juzgado. Hay que solicitar una pericial psicosocial.

Respecto a los temas económicos, las hipotecas se pagan conforme a la escritura del préstamo hipotecario, si es por mitad o en el porcentaje que sea. Lo mismo cabe decir de los impuestos que gravan la vivienda tales como el IBI. No cabe decir lo mismo de los gastos derivados del uso, incluida la comunidad y las tasas de basuras y/o alcantarillado que se pagan por quien las usa.

Hable con su abogado que es quien mejor conoce su caso.

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