Reclamación telefonía móvil ¿Acudir a Setsi o Junta Arbitral Consumo?

Reclamación telefonía móvil
Reclamación sobre penalización por permanencia a mi juicio abusiva, cargando 12 meses de penalización quedando mes y medio para cumplir permanencia. Solicito prorrateo por tiempo permanencia restante a la empresa operadora telefonía y me lo deniegan.

Ahora entiendo que tengo 2 vías:
SETSI, oficina atención usuario telecomunicaciones ministerio industria y/o las Juntas Arbitrales consumo de la comunidad autónoma

MI pregunta: ¿A cuál de los 2 organismos debo dirigirme primero? ¿O puedo hacerlo simultáneamente? ¿Son excluyentes? ¿O hay un orden? ¿Qué me recomiendan?

2 Respuestas

Respuesta
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Son excluyentes, la primera, el ministerio de industria, suele ser más ajustada a la ley y el caso que planteas ya hay jurisprudencia, la permanencia tiene que ser PRORRATEADA AL DÍA y no por tramos, por lo que tienes todas las de ganar, dudo mucho que llegue a celebrarse y la compañía pactará contigo.

Pero también suele ser más coñazo de documentación y de costes. Por este motivo yo eligiría junta de arbitraje de la comunidad autónoma, suele ser más agil porque la tramitan los ayuntamientos, y con un trato más cercano hacia el cliente.

En unos 3 meses tienes respuesta de movimiento, industria tengo experiencia de casi un año.

Respuesta
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Yo la de industria la he usado con autónomos, no es válido para empresas, según indica aquí

http://www.usuariosteleco.es/PresentacionElectronica/Paginas/ReclamacionesTelematicas.aspx 

Usted puede presentar una reclamación si considera que ha sido vulnerado alguno de sus derechos en materia de Telecomunicaciones según la Ley 32/2003 [PDF] [221 Kb], y desea que se le restituya su derecho, es decir, la devolución de cantidades pagadas o el reconocimiento de algo a lo que usted tiene derecho. Según Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, BOE del 31, modificación del artículo 38 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, a partir de 1 de abril de 2012 las personas jurídicas y empresas quedan excluidas del procedimiento de reclamación ante la Oficina.

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