Barnizado de miradores en un bloque de viviendas

Vivo en un tercer piso de un bloque de viviendas en las que solo tenemos miradores en la 2ª y 3ª planta, se plantea el barnizado de los miradores por deterioro de los mismos. Existen varios presupuestos, algunos incluyen uso de plataformas elevadoras suponiendo mayor coste, y el más económico exige permitir que lo hagan desde el interior de la viviendas de los propietarios de los miradores. Mi pregunta es ¿puede decidirse por votación de vecinos esta ultima opción a pesar de que los que tenemos miradores nos neguemos a que entren por nuestra vivienda existiendo alternativas para que no salgamos perjudicados?

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Lamentablemente debo indicarle que sí, están obligados a consentir y permitir el paso a su vivienda para realizar reparaciones y/o mantenimiento de elementos comunes del edificio. También están obligados a resarcirle posteriormente de los daños y perjuicios ocasionados, si los hubiese.

De todos modos yo plantearía el asunto por otra vertiente. Sin conocer la disposición de los miradores ni su forma si que puedo aventurar que una reparación/mantenimiento de un elemento de fachada realizado desde el interior con toda probabilidad va a ser peor realizada que si se hiciera desde el exterior. Y probablemente también con muchísima más inseguridad para los operarios que la realicen.

Quizás si enfoca así el asunto en la reunión de propietarios (menos calidad de los trabajos y mayor peligro de accidente laboral) se opte por una solución más cara pero que realmente debería ser la adecuada.

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