Excedencia por cuidado de hijos

Tengo una empleada que ha solicitado una excedencia de 16 meses por que tenia una oferta laboral más interesante que su trabajo actual. La empresa contrato una empleada de refuerzo por que diciembre es la temporada alta y necesitavamos formarla preveyendo que la antigua empleada no se reincorporaba, tres días antes del inicio de de la excedencia por lo visto no le salio bien la oferta de trabajo que tenia y nos dice que ya no quiere la excedencia.

La empresa le respondió que la había solitado y que la ejerciera. (Ya que pensamos que posiblemente si encontraba algo que le interesara más nos encontraríamos sin personal en diciembre)

El caso es que ahora nos demanda por despido. ¿Hemos hecho algo mal o nosotros no tenemos ningún derecho?'

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En primer lugar, disculpe la demora.

Según establece el art 46.5 del estatuto de trabajadores

El trabajador excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.

Ahora bien si el trabajador "se arrepiente" la empresa puede denegar este arrepentimiento cuando le produzca un perjuicio. Por ejemplo, si la empresa ya ha cubierto la plaza del trabajador que comunicó su marcha contratando a otra persona, como es el caso, solamente si se demuestra que no existe perjuicio para la organización, estaríamos ante un despido improcedente, tal y como expresó una sentencia del tribunal supremo en unificación de doctrina del 17 de Julio de 2012, por tanto, aunque el derecho no es una ciencia exacta, se podría considerar que la actuación de su empresa, ha sido correcta y por tanto constituye un despido procedente.

Espero haber ayudado, aprovecho para mandar atentos saludos, no sin antes rogar valore mi respuesta.

Respuesta
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¿Perdone pero la excedencia era por cuidado de hijos o una excedencia voluntaria por el cambio de trabajo? No queda muy claro en su consulta.

Por otra parte, y bajo mi punto de vista creo que la solución más fácil (que no la más justa) es despedir a la trabajadora que entró para sustituir a la trabajadora excedente, puesto que acumula menos antiguedad y el motivo real de su contratación fue sustituir a una trabajadora que se iba de excedencia y que finalmente no se ha ido.

Es mi opinión.

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