Podrías subscribir en Convenio Especial con la Seguridad Social. El convenio especial con la Seguridad Social es un acuerdo suscrito voluntariamente por el trabajador por el que se compromete él mismo a pagar sus cuotas de la Seguridad Social.
Para poder suscribir un convenio especial es requisito tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 3 años (1.080 días) en los 12 años anteriores a su baja en la Seguridad Social, aunque reglamentariamente hay algunas excepciones, por ejemplo en el caso de algunos ERE.
La cotización es a cargo del trabajador y obligatoria desde la fecha de efectos del Convenio Especial y deberá abonarse mientras el convenio esté vigente. Al suscribir el convenio, el interesado puede elegir entre las siguientes bases de cotización:
- La base máxima del grupo de cotización correspondiente a la categoría profesional en la que estuviera dado de alta, siempre que hubiera cotizado por ella al menos 24 meses en los últimos 5 años.
- La base por la que se hubiera venido cotizando en los últimos 12 meses.
- La base mínima de cotización vigente.
- Una base de cotización que esté comprendida entre las bases anteriores
El pago debe hacerlo el trabajador en la entidad financiera colaboradora (bancos, Cajas), a través del documento de cotización TC–1/50, ingresándose la cuota dentro del mes natural siguiente si está en el régimen general, o dentro del mismo mes si es autónomo.
La cuota mensual a ingresar por el suscriptor será el resultado de aplicar a la base de cotización el tipo único de cotización vigente en cada momento en el Régimen General, multiplicado por el coeficiente que corresponda en función de la acción protectora dispensada.
Información en la web de la Seguridad Social http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/index.htm
Programa de cálculo de las cuotas de convenios especiales ( web de la Seguridad Social)https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231480