Reducción de jornada por cuidado de hijo con jornada partida
Actualmente tengo un horario de 08:30 a 14:00 – 15:00 a 18:30 (9 horas) . A cambio de trabajar 1 horas más (de 15:00 – 16:00), la empresa me paga la comida en el restaurante. (de 14:00 a 15:00)
Si me voy o como por mi cuenta, dispongo de dos horas al medio día y mi horario queda 08:30 a 14:00 – 16:00 a 18:30. Es decir, la hora que no trabajo no puedo salir antes, tengo que “usarla” al medio día.
Lo ideal sería que si no hago esa hora de más a cambio de la comida, poder irme a las 17:30 en vez de a las 18:30, pero no me dejan.
La pregunta es la siguiente.
Voy a ser madre y me gustaría salir antes y estoy valorando reducirme la jornada de 1 a 1,5 horas.
Mi duda es si la empresa puede negarse a que esa hora que no haría de más (15:00 a 16:00), en vez de ser una hora muerta al medio día para mí, pasarla al final.
Es decir, hacer mis 8 horas de 08:30 a 14:00 – 15:00 a 17:30, reducirme una hora solo y poder salir a las 16:30.
O si ellos pueden “obligarme” legalmente a que si me reduzco una hora, salir a las 17:30 (es decir, reducirme de 18:30 a 17:30) y trabajar de 15:00 a 16:00 a cambio de la comida, o irme donde quiera y librar de 14:00 a 16:00.