Debo declarar IVA sin ser empresario?

Hace 3 años mi hermano y yo heredamos dos locales. Uno de ellos estaba alquilado a un negocio de golosinas. Pregunté en Hacienda y me recomendaron constituir una Comunidad de Bienes para declarar el IVA.

Ahora vamos a repartir esos locales (uno para cada uno) y lógicamente desaparecerá la Comunidad de Bienes porque cada uno tendrá ya su local.

Una vez escriturados y pasados por el Registro de la Propiedad y todos los trámites, al haber desaparecido la Comunidad de Bienes, ¿debo seguir declarando IVA yo que me he quedado con ese local?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Una vez hayan disuelto la comunidad de bienes, han de informar a la Agencia Tributaria, mediante el modelo 036 y dependiendo de la fecha, puede tener que seguir presentando declaraciones, sin actividad, además de la imputación de rentas que les corresponda a cada uno por esos meses en su RENTA.

Una vez el inmueble es suyo, además de comunicar al arrendatario (inquilino) el cambio de titularidad en el contrato, usted ha de comunicar el alta a la Agencia Tributaria y presentar las correspondientes declaraciones del IVA trimestral a su nombre. Y los beneficios en su declaración de RENTA.

No olvide cambiar la titularidad de la comunidad de propietarios, seguros, etc...

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Cada tres meses tendrías que presentar la liquidación del IVA, en este caso el modelo 303. Para calcular la cantidad a pagar simplemente calculas el 21% de lo facturado por el alquiler y abonarlo en la agencia tributaria cada trimestre.

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