Inspección de hacienda Reparación y material informático

Mi actividad esta emplazada en el epígrafe 691.9 Reparación de bienes NCOP, me dedico al mantenimiento y reparación de equipos informáticos (router, ordenadores, impresoras, switch), en todas las facturas a mis clientes se han puesto "Reparación y mantenimiento de equipos informáticos", se han realizado compras de material para las reparaciones, pero en muchos casos para aprovechar ofertas de distribuidores, se compran equipos obsoletos o de promoción para luego despiece y uso en los clientes, también se han comprado portátiles, pues con los clientes tengo firmados contratos de sustitución de equipos mientras se reararan los mismos, es decir cuando un equipo requiere una actuación de más de un día, se sustituye temporalmente por un equipo de mi propiedad hasta que se repara el otro (dispongo de unos 8-10 portátiles en mis instalaciones) pues el volumen de equipos que mantengo son en torno a 200 equipos (centros de formación de colegios), no se dispone de tienda ni local ni nada, nada de cara al publico, pues no me dedico a la venta, no se ha realizado ninguna factura donde se indique que al cliente se le vende un equipo y se le da garantía.

Total después de toda esta situación hacienda me esta inspeccionando y me pide que todos los ordenadores que he comprado para despiece y ordenadores portátiles internos, impresora de uso privado y demás los he comprado para venderlos a los clientes,

Por más explicaciones que les he dado, están en sus trece y no se si meterme en el contencioso administrativo, pues la multa que quieren imponerme oscila en los 7.000€ por 5 años (a pesar de tener los equipos en mi instalaciones), no se como piensan que se repara un ordenador, con un destornillador un clic y un poco de cinta aislante...

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Por lo que comentas, el motivo de la discrepancia es que tu compras equipos nuevos para "desguazarlos" y usar los componentes en reparación y ellos piensan que si compras equipos nuevos y no directamente los componentes es porque los revendes, y por tanto realizas una actividad de compraventa además de la reparación.

Si la cosa es así, tienes dos caminos posibles:

- Discutir el fondo, demostrando de alguna forma que efectivamente los equipos son desguazados y utilizados como componentes en las reparaciones. La forma de demostrarlo puede ser complicada, y eso lo sabrás mejor tu que nadie. ¿Algún estudio económico que corrobore las ventajas económicas de esta práctica? ¿Algún libro de taller donde apuntes destino de las piezas desguazadas?. El problema que puedes tener por esta vía es que tu argumento sea imposible de demostrar.

- Discutir la forma. Hacienda está obligada a motivar de forma concreta (no a lo basto) sus requerimientos y sus actuaciones. Dudo mucho que hayan motivado la inspección correctamente.

Por las cantidades que comentas, puede merecer la pena que te sientes con algún asesor de confianza a hablar del caso.

Las facturas de los equipos vienen desglosadas por componentes, es decir no viene un concepto de ordenador , sino  componentes sueltos, es mas muchas veces viene mas cosas , también dispongo de todo el ticket de los clientes (Es decir partes de actividad de visitas, y sustitución de piezas) e incluso cuando se le ha dado un portátil de sustitución mio  de  los que si he comprado para mi, en deposito mientras se repara,  también se tiene los contratos firmados con los clientes donde se especifica todas las tareas del mantenimiento  y reparación y que disponen de un porcentaje de equipos de sustitución tanto en ordenadores como en impresoras, por si la avería se demora, de ahí que yo también tenga una serie de ordenadores para estos eventos en propiedad,  lo de demostrar que la pieza esta en un equipo de cliente es complicado la actividad mía seco hace ya un año, y los clientes principales están en concurso de acreedores y desmantelados  creo yo...

Hacienda últimamente está a la que salta, y los órganos de gestión están muy duros, en ocasiones más allá de lo pertinente. Ellos tienen muy fácil desestimar los recursos y empujarte a seguir el procedimiento porque no pierden nada. Si el hecho de ir a un tribunal y ganar el juicio tuviera consecuencias para la administración y para los jefes de servicio se lo pensarían más.
En fin, te comento esto para animarte a ir al TEAC si lo tienes claro. Si puedes demostrar la realidad de los hechos, lo normal es que el tribunal te de la razón.

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