¿Existe algún documento sustitutivo a un acta notarial para la liquidar una cuenta de un fallecido el cual es el único titular?

El pasado mes de diciembre falleció un familiar donde existe una única heredera, este familiar solamente tenía una cuenta la cual era única titular y no tenía otras posesiones la cuantía de dicha cuenta asciende solamente a su pensión y se le exige a esta persona que para cerrar esa cuenta necesita una acta notarial precio que por nuestra información asciende a unos 400 euros quisiera saber si hay alguna posibilidad de algún documento sustitutivo al acta notarial debido a la situación económica de la heredera que se le hace muy complicado dicho pago tratándose que dicha cantidad es similar a la existente en la cuenta.

Hemos recopilado toda la documentación exigida salvo la mencionada acta notarial no obstante en ocasiones en la recogida de dichos papeles nos han mostrado la posibilidad de que no existan problemas para la liquidación de la cuenta salvo en el banco el cual mañana nos daría una contestación ante ello habíamos pensado exponerle el problema al Banco de España antes a ver si nos dan alguna salida a esta situación y exponerla en el banco en el caso contrario que no podamos liquidar esta cuenta.

Y para terminar deciros que somos de Sevilla ya que no se si en otras comunidades Autónomas se rigen de igual manera estos tipos de tramites la cual nos parece abusivas por la situación que se encuentra esta persona asi como en los tiempos en los que vivimos

Por ello les agradecería cualquier información al respecto y podamos tener claro si tenemos alguna opción

Gracias por adelantado a todas aquellas personas que nos puedan dar alguna solución.

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Si es la única heredera, y así consta en el correspondiente testamento, pueden hacer una documento de "manifestación de herencia", liquidarlo en la Junta de Andalucia, y acudir al Banco, junto al testamento, certificado de ultima voluntades y defunción de la fallecida.

Le agradezco su información aunque comentarle que esta persona no dejo testamento  este punto que es importante no lo llegue a comentar supongo que su comentario pueda variar si es así le pediría por favor me pudiese dar alguna opción para poder evitar la intervención del notario por el elevado coste que con lleva comentarle también que poseemos toda los papeles salvo el acta notorial y el mencionado por ud.

Muchas Gracias 

Si no hay testamento tendrán que hacer declaración de gerederos, según parentesco será en notario o incluso juzgado. Lo siento

2 respuestas más de otros expertos

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Para que un heredero pueda disponer de los saldos de las cuentas, ha de disponer de un documento de aceptación de la herencia y haber presentado la correspondiente liquidación de impuestos en Hacienda de la comunidad autónoma.

En cuanto al coste de esto, en el notario, no debería ser tan elevado si solo hablamos de este importe del banco.

No es cuestión del banco, es cuestión de la normativa...

¡Gracias! 

Le agradezco su información  quisiera comentarle que no he hecho referencia que esta persona no dejo testamento alguno no obstante me gustaría saber si un notario al tener constancia de que exista solo la cantidad de esta pensión en la cuenta pueda abaratar esta documentación.    Gracias.

Como ya le ha comentado el compañero, si hay testamento, se podría hacer la manifestación de herencia. Pero al no existir, en nuestra opinión, si es necesario el realizar declaración de herederos.

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Tiene que hacer declaración de herederos, luego puede hablar con el notario que es un carero. Por una firna que va a echar y poder pagarlo poco a poco, te lo. Digo porque hace poco lo hice yo, suerte

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