Cómo solicitar prestación por cuidado discapacitado

Mi suegro cuida de mi suegra con Alzheimer de grado 2 diagnosticado y a espera de rediagnosticar de nuevo y esta vez un grado más. Sólo percibe una renta no contributiva de aproximadamente 40 euros. Mi marido consta como cuidador de ella. ¿Cómo puede percibir la ayuda que la nueva reforma fiscal ha planteado? ¿Mi marido también podría solicitarla? En caso afirmativo, ¿qué trámites y documentación es necesaria? Mi suegra tiene una pensión de 400 euros y es imposible sufragar muchos gastos que cada vez va necesitando.

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Tienen ustedes que solicitar el acceso a las prestaciones en la consejería de asuntos sociales de su comunidad autónoma, porque esta es una materia transferida. Lo que ustedes mencionan de la "reforma fiscal" no es más que un paquete de subsidios vinculados a una situación de paro reconocida; es decir, materia laboral que no tiene nada que ver con su problema.

Por tanto, han de rellenar un modelo de Solicitud de Reconocimiento de la Situación de Dependencia y del Derecho a las Prestaciones del Sistema, junto con la documentación relativa al grado de incapacidad de su madre y la resolución mediante la que su marido consta homologado como la persona que cuida de la enferma.

Eso es lo que se llama la Ley de Dependencia. Como es un dinero que proviene de subvenciones del Estado cada vez más cortas y lentas, las comunidades autónomas tienen un régimen transitorio de atención a la dependencia que les puede habilitar una paga de 426 euros por este concepto. Es más, cuando su suegro fallezca, seguirá cobrando esta ayuda.

Por tanto entren en la página de la consejería en concreto y preparen la documentación; enseguida se atenderá su situación, si la misma es urgente o alguien está en riesgo.

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