IVA en el dropshipping con tienda online

Voy a abrir una tienda online de venta de ropa. El cliente comprará y pagará el artículo íntegro en mi tienda. El proveedor desde China, enviara directamente al cliente, para ello, yo antes le habré pagado dicho artículo. Lo que yo ganó, es la diferencia entre el precio de venta y el de compra al proveedor.

El tema es que entiendo que para poder desgravarme como gastos todo aquello que compro al proveedor, necesito presentar la correspondiente factura con su iva. El proveedor me hará la factura sin iva y tengo entendido que los artículos comprados en China, pagan el Iva en la Aduana, pero, aquí es donde viene el problema...¿Cómo abono el Iva de mis compras si el artículo le llega directamente al cliente y además normalmente no pasa por Aduana porque llega por Correos?

Lo tengo todo montado y me he quedado bloqueado en este tema porque no se como realizar la gestión a nivel tributario.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto, que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestras web.

Efectivamente este sistema de ventas genera varios problemas. Uno es la liquidación del correspondiente IVA mediante el DUA en la Aduana y otro son las reclamaciones de sus clientes cuando les reclamen a ellos por problemas en la Aduana (pago de impuestos, inspecciones no superadas, etc.). Es muy habitual de este tipo de comercio, mandar el envío como muestra comercial o por correo, que en muchos casos, al ser inspeccionado es retenido. Además, las prendas textiles suelen tener una inspección especifica para ver si cumple con la normativa y marcado CE (lo que no siempre ocurre).

Posiblemente, para evitar problemas, lo mejor sea que importe usted la mercancía y luego la distribuya a sus clientes.

Gracias por la respuesta. El tema de las reclamaciones o incidencias en Aduanas lo tenemos ya en cuenta y las posibles soluciones para ello, pero, el tema del IVA es lo que se nos escapa, no sabemos como debemos operar a nivel tributario. No hay solución?

Si usted esta en recargo de equivalencia, si puede presentar el IVA mediante una declaración, en caso de ser operaciones intracomunitarias. Pero cuando son importaciones, en nuestra opinión, la mercancía ha de pasar físicamente por aduanas.

En algunos casos, las propias empresas chinas, hacen la importación a una empresa de ellos en Europa y usted compraría intracomunitario... pero desconocemos si es su caso.

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