Dejar el piso de alquiler antes de cumplir el año?¿?

Llevo 7 meses viviendo en un piso de alquiler desde mediados de septiembre de 2014, el contrato que firme es de un año, según la clausula expuesta por el arrendador me exige que en caso de abandono antes del año debería de pagar los meses no cumplidos, el motivo de mi abandono es porque el primer mes hice una desinfección de la casa por tener cuquis, el segundo motivo por tener atrancado el lavabo saliendo el agua por la tubería de la bañera, el tercer motivo y más importante es que la compañía de energía me reclama 798 euros porque llevaba sin leer los contadores de gas desde Octubre de 2013 y a fecha de Enero de 2015 hacen un calculo total el cual la compañía me demanda a mi como arrendataria ese dinero por estar el contrato con ellos a mi nombre... En fin todo un caos y me gustaria mudarme de piso pero temo no poder recuperar los 700 euros de fianza y la parte proporcional de la factura de gas que es de 578 euros... Si pudierais resolver mi duda os lo agradeceria...

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Respuesta

1º) Respecto al desistimiento. Conforme al art 9 LAU 1994 usted puede desistir del contrato preavisando con al menos 30 días de antelación. En su caso, sólo tendrá que pagar como penalización una cantidad equivalente a 10 días de renta.

2º) Para contestar al resto de sus preguntas es preciso examinar el contrato y la reclamación de la compañía energética, por lo que le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamiento urbanos quien le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Reciba un cordial saludo.

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