Consecuencias de no presentarse a un juicio por hurto por causas de fuerza mayor

Hace 6 meses aproximadamente, nuestra hija empezó a andar con muy malas compañías. Se lió con un chico ya buscado por la policía y que pertenecía a una familia de delincuentes (su hermano ya estaba en la cárcel) y donde había toda una serie de gente alrededor que se dedicaba a robar, pedir y chantajear. A nosotros, sus padres, nos intentaron chantajear pidiéndonos dinero, digamos que como ayuda para ella (hay muchas más cosas que no queremos contar aquí). También se dedicaban a controlar a la gente que entraba en su mundo, supongo que para que nadie se saliera, ya que igual sabían demasiado de sus actividades. Lo que si sabemos cierto es que a nuestra hija la controlaban, ya que nunca la dejaban sola, siempre había alguien en los alrededores. A nosotros nos recordaban mucho a una secta. Durante ese tiempo nuestra hija cometió muchos errores (el primero y más grave ya liarse con esa gente) entre ellos algún delito. A los tres meses de estar en esa vida nuestra hija nos pidió ayuda para salir y nosotros la ayudamos a escapar de ese mundo, para lo que tuvo que marcharse a vivir lejos, donde no pudiesen localizarla. Por supuesto en los dos meses siguientes los controlados éramos nosotros, desde vigilarnos, a llamadas y mensajes constantes preguntando donde estaba ella.

Les cuento esto para ponerlos en antecedentes.

Ahora nos llega una consecuencia de aquello, que es una citación para un juicio por un delito de hurto y claro ni nuestra hija quiere volver ni nosotros queremos que vuelva cerca de esta gente. La primera citación la devolvimos conforme a que esa persona ya no vive en nuestra casa, lo cual es verdad, pero ahora nos llaman del juzgado de paz de nuestra localidad diciendo que va a venir la policía local a hablar con nosotros para localizarla y nosotros no sabemos si decir la verdad, a lo cual nos preguntarán que donde vive, lo que no queremos decir por las razones antes expuestas o mentir diciendo que no sabemos donde está.

Otra pregunta también es que si no se presenta al juicio, supongo que la declararán en rebeldía y no sé si pasará a estar en busca y captura, al ser solo un hurto, y si fuera así si esta orden es nacional o internacional.

Y por último preguntar si las órdenes de busca y captura tienen algún tiempo de prescripción y de cuanto sería este.

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Respuesta

Dice usted que su hija ya ha cometido algún delito, por lo que entendemos que ustedes han descartado la posibilidad de encarar el juicio y negociar con la fiscalía una pena menor. Si no existen condenas vigentes o los antecedentes están cancelados, su hija ha de ir a juicio y llegar a un acuerdo. Se les recomienda que se enteren bien del valor de lo sustraído y si el juicio es de faltas o por delito.

El plazo de prescripción es de 5 años, contados desde el día del Auto de busca y captura, que suele tener una fecha algo posterior a la del Juicio. La interactuación de la orden depende de la policía, no del Juzgado, por lo que tendrá acceso a unas bases de datos compartidas por varios países, y su hija podrá ser detenida en cualquier sitio.

El grado de riesgo de detención y deportación es inversamente proporcional a la estabilidad del país donde vaya a parar. En Omán o Siria no hay ninguna posibilidad de que sea detenida, pero en Canadá o Suecia será inmediatamente entregada. Cosa distinta es la vida que pueda llevar en uno u otro sitio.

Una estrategia de huída es muy complicada. Requiere experiencia, dinero y un buen caletre para saber lo que se hace. Justo lo contrario de la idea de improvisación que aparece en su mensaje. Por lo demás, pueden ustedes mentir lo que quieran a la policía e incluso negarse a decir nada sobre el paradero de su hija. Nadie les puede obligar a otra cosa distinta.

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