Deuda de 14 años a la seguridad social

Mi madre lleva cobrando 14 años la pensión de su hermano, que lleva muerto el mismo tiempo. Reguló su situación, en el juzgado, en el banco, en la aseguradora de los muertos, en la residencia y en teoria tanto la residencia y/o el seguro, deberian de haberlo comunicado a la S.S. El dinero se lo ha gastado. Me gustaría que saber las implicaciones, sanciones y consecuencias de dicha deuda.

Al igual, me gustaría saber, si falleciera mi madre entiendo que la deuda la asumiría mi padre, en el caso de fallecer los dos, ¿la deuda pasaría a sus hijos?

2 respuestas

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Nos han dicho que es deuda personal, que no ha sido apropiación, sino que el estado se ha equivocado. Que tiene que decir que le pertenecía por cuidar a su hermano. No entiendo esta repuesta de un abogado, ¿es posible alegar es?.

Perdón, quería decir, que ella creía que le pertenecía por cuidar a su hermano.

Respuesta
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Le recomendamos se pongan en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto.

Efectivamente, han de devolver los importes cobrados... y si no lo hacen, les pueden embargar.

En cuanto a las herencias, cuando se aceptan, se aceptan los bienes y las deudas...

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