Prestación por it en meses de 31 días y salario mensual

Un trabajador que cobra salario mensual, y está todo el mes de baja, ¿al hacerle la nómina la prestación por IT ha de hacerse a treinta o treinta un días? ¿Me podéis indicar legislación al respecto para poder aclarar esa duda? No quiero que la Tesorería reclame más tarde la deducción por un día.

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La prestador por IT se calcula por días naturales, por tanto debes contar los 31 días si el mes tiene 31 o 28 si el mes tiene 28. Lo podrás encontrar en la ley general de la seguridad social.

Según eso yo puedo cotizar, por ejemplo en el mes de marzo que tiene 31 días, ¿por treinta días (recordemos que tiene cotización mensual) y descontarme treinta un días de prestación por it y sin que la s.social me reclame un día?

Asi es, tu cotizas por 30 dias pero la deduccion por it al ser por dias naturales seran 31 dias

Me podrías indicar en que articulo de la LGSS indica que se puede hacer así. No tengo mucha experiencia y hablando con otros colegas me han comentado que, tiempo atrás, a alguna empresa le ha reclamado la s.social el día 31. Perdonad que sea tan insistente pero no quiero tener que vérmelas con ninguna reclamación.

Muchísimas gracias la respuesta. Saludos

No tengo el articulo en concreto todavia pero la razon es la siguiente: hay que calcular la base rwguladora diaria, por tanto mes anterior a la baja dividido 30, sean los dias que sean del mes, luego la prestacion sera esa base diaria por los dias naturales y por el porcentaje correspondiente. Cuando tenga el articulo te lo envio.

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