Derechos hereditarios de viudo e hijos

Tenemos mi esposa y yo un piso al 50%. Deseo saber, en el caso de que ella falleciera, que parte del piso les correspondería a los dos hijos de ella.

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Entemas de herencias es imprescindible aclarar de qué comunidad autónoma se trata

Gracias, es la comunidad autonómica de Madrid.

Todo depende de si solo tiene el piso o tiene algo más. Hay que contarlo todo y les corresponden 2/3 de todo lo que ella tenga. Un tercio es la legítima estricta y tienen derecho a obtenerla inmediatamente, pero se les puede dar parte de la herencia o pagarles el valor en dinero. El otro tercio se llama trecio de mejora y ses debe dejar obligatoriamente a los hijos o descendientes, pero a todos ni a partes iguales; se puede dejar todo a la misma persona, o repartirlo, o darlo a un nieto, no importa quien mientras sea descendiente. El tercio de mejora se puede dejar en usufructo al viudo pero a su muerte pasará a ellos. El otro tercio es de libre disposición y se puede dejar a cualquiera, tanto si es o no pariente.

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