¿Se puede echar a alguien de una casa de la cuál le corresponde una parte por herencia?
Les describo un caso conocido de una persona que vive solo en una casa de la cual amenazan con echarle.
La familia de esta persona tenía dos casas, un piso en Madrid y un chalet en un pueblo perteneciente a la provincia de Toledo. Ambas propiedades eran del padre de la familia, que consta de tres hijos y la mujer, y este señor al morir dejó estipulado en el testamento el siguiente reparto: del piso de Madrid un cuarto para cada uno, y del chalet 150m a cada uno de los tres hermanos y 600m a la viuda.
El chalet era considerado como una segunda vivienda, pero dicha persona acabó quedándose a vivir allí, mientras el resto de la familia seguía en el piso de Madrid, llegando a abandonar por completo ese inmueble a su suerte. Mientras este hombre recibía ingresos ha ido ayudando con los gastos de la casa, pero lamentablemente por un accidente en el trabajo quedó incapacitado y estuvo un tiempo en recuperación viviendo con la indemnización que recibió por la incapacidad.
Después de más de diez años viviendo de forma fija en este, su "domicilio", ahora que no tiene forma alguna de ayudar con los gastos, pues ni tiene trabajo ni paro, la familia, con el pensamiento de vender el chalet, amenaza con echarle cambiándole las cerraduras. Aunque se han desentendido totalmente de la casa y de él durante todo este tiempo, pues han estado pagando los gastos mínimos pero ni siquiera le han ayudado cuando no tenía ni para comer, estando todos cubiertos, pues uno de los hermanos el piso le tiene pagado gracias a un dinero que le dio la madre y tiene trabajo fijo, y la hermana cuenta con el ingreso en su casa de dos sueldos, el suyo propio y el de su cónyuge. La madre por su parte recibe su correspondiente pensión que se gasta en lo que la apetece, como numerosos viajes.
La persona a la que yo me refiero, hoy en día va malviviendo con chapucillas que va haciendo a los vecinos por lo que cada uno le da la voluntad para que pueda ir saliendo adelante.
Contrató una línea de ADSL y Teléfono que está a su nombre y paga él, por lo que se ve obligado a "trabajar" de ese mod, si es que así se puede calificar. Y recibe la correspondencia de las notificaciones del banco de allí desde hace cinco años que lo cambió, aunque ha estado recibiendo otras correspondencias desde que reside de forma fija.
Ha estado trabajando en el ayuntamiento y empadronado por tanto en la provincia de Toledo, en esa dirección en la que vive.
Mi pregunta es ¿Podrían echarle de la casa? ¿Hay alguna forma de evitarlo? O si un día se encontrase las cerraduras cambiadas podría tomar acciones al respecto?
Muchas gracias. Encantada de poder contar con su ayuda.