Modificación estructura del edificio por ajenos y pasividad del presidente "vitalicio" y autoritario de la comunidad

Vivo en una urbanización de 4 fases encaladas en la montaña, en mi fase hay 7 escaleras, dos de estas escaleras tenían dos accesos legales por dos calles diferente, de tal forma que mi vivienda la compré siendo un bajo si accedía por la calle de arriba o un cuarto si accedía por la calle de abajo. Los vecinos de la fase de arriba han cerrado el paso a la calle con un portón y colocado dos enormes chapas de acero en los dos escaleras para impedirnos el paso ( lo han hecho con licencia del ayuntamiento). Los vecinos afectados estamos intentando solucionar esto pero queremos implicar a la comunidad pero como somos sólo un grupo pequeño de vecinos los afectados, ¿el presidente ( con la mayoría de votos en su bolsillo pues todos son ingleses como él y viven fuera) se niega a actuar . Tengo entendido que la modificación de estructura requiere de unanimidad... Se requiere también de unanimidad para dejar de actuar?

2 Respuestas

Respuesta
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Si la modificación no altera las reglas contenidas en el Título Constitutivo de la Propiedad Horizontal o en los Estatutos de la Comunidad, no es necesaria la unanimidad. Basta con la mayoría de las 3/5 partes de propietarios y cuotas de participación.

Muchas gracias por la respuesta. Yo diría que si afecta pues mi vivienda por la calle que han cerrado es un bajo y por la otra calle  un cuarto. En la nota simple se recoge el derecho y  aademás a informe de los bomberos ya que afecta a la seguridad

creeis que  esas escaleras forman parte de la estructura ?

En ese caso y, dado que como Ud. comenta, es poco probable que el Presidente les haga caso, lo que les obligará a acudir a la vía judicial, le recomiendo que busquen asesoramiento legal. Acudan a un abogado que, a la vista de la documentación y de las obras realizadas, les pueda indicar las opciones que tienen.

Doy las gracias a las personas que me han contestado pero vuelvo a hacer mi pregunta inicial:si esas escaleras pertenecen a la estructura y altera mi titulo constitutivo, puede negarse la comunidad, apelando al deseo de la mayoría, a actuar en contra de la comunidad que ha cometido el atropello?

Por otro lado y respecto a los ayuntamientos que conceden licencia a una y otra parte basándose en la coletilla "...salvo derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero", realmente existiendo una apariencia de legalidad y demostrándola al ayuntamiento, no sería motivo suficiente para que una vez esté la comunidad en su estado original deje de conceder licencia a una y otra parte?

Gracias

Como le decía anteriormente, la modificación del título constitutivo o los estatutos requiere la unanimidad. Si el título especifica que existen esas entradas, cerrarlas implica la alteración del título y, por tanto, habría sido necesaria la unanimidad para aprobar esa obra. Si no se obtuvo, la obra es ilegal y no es necesario votar para que se tenga que deshacer. Si Ud. lo llevara a juicio, debería ganar. Ojo: ésta es mi opinión.

Que exista una licencia de obras no convierte la obra en legal. La licencia es un requerimiento más para poder llevarla a cabo. El Ayuntamiento, por otra parte, para conceder la licencia jamás comprobará si la obra es legal desde el ámbito privado de la Comunidad. En todo caso, verificará que no se incumpla la normativa municipal.

Es decir, que Uds. podrían pasarse la vida pidiendo licencias para abrir/cerrar esos pasos, y el Ayuntamiento se las concedería encantado. Al fin y al cabo, supone unos interesantes ingresos en concepto de tasas.

Si, pero es importante tener en cuenta que mi comunidad no ha hecho el cerramiento, lo ha hecho otra comunidad...y por eso pregunto desde un principio, si también puedo obligar a la comunidad a que demande a la comunidad ajena a la nuestra y responsable de los cerramientos. Es decir, mi lectura es, si se requiere unanimidad para que mi comunidad modifique una estructura...se requiere unanimidad para que no demande o puede la mayoría decidir que no se implica la comunidad porque somos 4 vecinos los afectados?...si no actúa la comunidad contra quienes nos han modificado la estructura y no actúa en base a que la mayoría no quiere demandar...incurre o no en ilegalidad al permitir que terceros hayan modificado la estructura y habiendo vecinos que quieren defender sus derechos con la comunidad y no individualmente?

Por otro lado quería comentar que en mi nota simple dice"...entrando a la derecha,calle abierta en vuelo...", y es ahí justamente donde han puesto las chapas de hierro que han tapado el acceso a la calle...me sirve de algo esa descripción?

Ruego me disculpe

Hasta este momento no me he dado cuenta de que hablaba de comunidades diferentes

En todo momento pensaba que se trataba de una única comunidad

Entonces, son diferentes comunidades, pero ¿existe alguna relación entre ellas? ¿Forman parte de alguna macrocomunidad? Si no, no me explico que compartan accesos

Si tienen relación, formando parte de una comunidad global, las decisiones sobre zonas comunes corresponden a todos

Si las comunidades no tienen nada que ver entre ellas, la situación cambia bastante en relación a sus preguntas y creo que se complica, puesto que no ha habido una decisión ilegal por parte de su comunidad

Se habría producido una actuación por parte de un tercero y, sinceramente, no soy capaz de valorar si eso obliga a su comunidad a actuar legalmente si algún propietario afectado lo requiere o puede decidir no hacerlo, con una simple votación por mayoría (sí tengo una opinión, pero no suficientemente fundamentada)

En mi opinión ( no soy abogado), ud. no podría exigir que su comunidad actuara legalmente en contra de las otra, pero siempre le quedaría la acción personal (o entre los vecinos afectados)

Cada vez más, le recomiendo la consulta legal por parte de un profesional

Nada que disculpar, muy al contrario ,agradezco mucho sus rápidas respuestas. Hemos recurrido a un despacho ,por lo pronto opinan que si es exigible la intervención de la comunidad ya que han cerrado dos escaleras necesarias por motivos de seguridad y que el constructor dejó ahí por algo. Ahora bien, consultados otros abogados , los encontramos de todas las opiniones...de ahí que me registrara en esta web...para ver si encontraba algo de luz.

En cuanto a su pregunta, así es, al principio el proyecto era una mancomunidad pero se dividió en 3 comunidades....el constructor y el ayuntamiento en esta España nuestra actuaron como si de un cortijo propio se tratara...de hecho, nuestra cedula de habitabilidad la tenemos por silencio administrativo....según me dicen, hizo unos regalos importantes al ayuntamiento a cambio de ese silencio... un desastre!!!!

Muchísimas gracias por sus respuestas.

Sí, la verdad es que se ve cada cosa que...

En fin, les deseo mucha suerte con su problema. A ver si logran resolverlo satisfactoriamente.

Respuesta

Los vecinos no debieron hacerlo porque ese transito es "servidumbre" y muy mal que la comunidad haya permitido la libre movilidad de las personas. Eso lo pueden denunciar y hacerles retirar las obras que hicieron. Independientemente que tengan permiso modificaron la estructura general de la comunidad. Si le dieron el permiso de hacerlo es porque desconocían las realidades de la comunidad entonces deben ustedes actuar demostrando que "cuando les dieron el permiso" lo hicieron sin conocer toda la realidades que implicaba hacer ese cerramiento.

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