En una obra de remonta de un piso el aparejador ha venido solo dos veces

La obra ha durado casi un año y el aparejador ha venido dos veces contadas. Yo que no soy experto he tenido que ir cada día para controlarlo todo. Ahora finalizada la obra me pide una serie de certificados de las empresas suministradoras de material incluido los "cristales de las ventanas". Eso hace que el final de obra se esté retrasando enormemente y las empresas me dicen que el contro del material lo debería haber realizado el aparejador con cada entrega in situ. Además tengo un presupuesto cerrado y ahora me pide más dinero en concepto de "dirección de obra"

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En efecto el control de calidad es parte de los trabajos del aparejador durante la obra. Debe recopilar la información de los materiales instalados en la obra así como los certificados de los mismos. Para ello suele dirigirse a la empresa constructora o a las empresas que hayan participado en la obra.

Si usted ha gestionado la contratación de los gremios también debería ser responsable de que aportaran la documentación pertinente -es tan sencillo como reclamársela por email o por teléfono-. Si no es así sería tarea del aparejador a no ser que en el contrato de servicios que hayan firmado se indique lo contrario.

Por otro lado la ampliación de los honorarios me parece poco profesional sin saber más datos. Si usted cree que el aparejador se ha dejado en sus funciones o no obra correctamente -retención del final de obra- puede presentar una queja en el colegio de aparejadores al respecto o dado el caso exigir la renuncia de forma unilateral.

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Denúncialo al Colegio de Aparejadores.

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Yo creo como comentan los compañeros que los duros a 4 pesetas ya no los da nadie.

Usted ha querido meterse a constructor sin disponer de conocimientos necesarios para ello y ha contratado a un técnico al que no se le han ido facilitando los datos necesarios para llevar a cabo el control de los materiales requeridos. Cada día el proceso constructivo es más complejo y ahora en el final de obra nos vemos en la obligación de presentar toda una serie de documentos que nos permitan determinar que la obra se ha ejecutado con arreglo a los criterios especificados en proyecto. Tampoco sabemos en el contrato que vd. hizo a su técnico, el número de visitas que incluía el presupuesto, o el plazo de ejecución de la obra que había inicialmente. No es lo mismo en una vivienda que el plazo de ejecución sean 6 meses y que para ello en cada visita te programes que cosas has de ir controlando que luego esa obra se demore un año con lo cual en el número de visitas que tenias previsto hacer, has visto la mitad de lo previsto. Si encima tienes que ir más veces dado lo ajustado de los precios hoy día más las responsabilidades que asumes... Tenga vd. en cuenta que cuando contrata a un técnico, no le contrata para que este allí todos los días durante las 10 horas de jornada laboral y durante todo el desarrollo de la obra. Podría hacerlo, pero evidentemente sería bastante más caro de lo que le va a pagar. Además ¿sabemos a ciencia cierta el número de visitas?. Puede haber ido sin que hayan coincidido o haber dejado constancia en el libro de órdenes. Por tanto y como apuntan los compañeros cuando uno se pone a contratar debe saber lo que contrata y en qué condiciones lo contrata, y por tanto debería sentarse con su técnico y ver punto por punto si los servicios prestados se ajustan a lo pactado. En caso contrario siempre puede presentar la reclamación correspondiente en el Colegio.

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Siguiendo los comentarios anteriores, con los que estoy de acuerdo, la respuesta la tienes en el contrato que hayas firmado con el aparejador.

La contratación de los servicios profesionales, se subdivide fundamentalmente en dos partes:

1.- Elaboración de proyecto.

2.- Dirección de obra.

Si lo has contratado como director de obra.

El aparejador es el responsable del control de la ejecución de los trabajos (no de su contratación). Si como dices en 1 año sólo ha realizado 2 visitas, difícilmente ha podido controlar la ejecución de los trabajos.

El constructor tiene que suministrar todos los certificados, ensayos y pruebas, al aparejador, y este ha su vez debe exigirlo. Si has realizado las funciones de constructor directamente, deberás reclamar dicha documentación a tus gremios y proveedores, y entregársela para que compruebe que son correctos.

Comprueba los servicios que has contratado.

En el contrato se especifica exprésamente "dirección de obra". Pero si no ha venido es obvio que tal dirección no ha existido. Y en cuanto a los Certifcados, lo que no es de recibo es que me lo diga una vez finalizada la obra, ya que si yo lo hubiese sabido los habría pedido juntamente con la entrega del material. El hecho es que dada la variedad de proveedores, la solicitud a cada uno de ellos del certificado de calidad esta siendo laboriosa, lenta, etc., con lo que el final de obra ya se ha demorado casi tres meses. ¿No debería habérmelo dicho antes y no después?. Mi idea para no demoara mas el tema, es pagarle la totalidad de lo que me pide y luego me reservo el derecho a actuar como me corresponda por ley.

Si en el contrato, pone dirección de obra, salvo que se haya construido una obra distinta a la proyectada, no debería cobrarte más por el mismo concepto.

En cuanto a lo de los certificados, siento decirte, que no tiene por que advertirlo, ya que es una obligación del constructor.

La labor de recabar la información, es muy laboriosa, tanto si lo haces durante, como al final, lo hago en cada una de mis obras.

Antes de pagar, asegurate que la cifra que reclama es correcta y legítima.

Reclamar vía judicial, puede ser un infierno mayor que el de los certificados.

Sds.

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