Cantidad en la declaración tras vender la casa

En diciembre 2014 vendí la casa y ahora estoy en fase de comprar una nueva. Hasta ahora en la desgravación por adquisición de vivienda habitual indicaba lo pagado con las cuotas de la hipoteca a lo largo del año. Al haber liquidado los prestamos con la venta de la casa, ¿qué tengo que indicar en esta casilla? ¿Lo qué fui pagando de hipoteca o el total de lo pagado, cuotas hipotecarias hasta noviembre más la amortización total del préstamo?

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Es una cuestión bastante compleja y de la que la gente te puede dar distintas opiniones al respecto, incluso los propios funcionarios de hacienda. Yo particularmente en estos casos me rijo por la explicación que han dado expertos tributarios funcionarios de la AEAT en diversos congresos en los que he podido asistir.

Todo depende del momento de la cancelación de la hipoteca, si se produce antes de la venta efectiva de la vivienda, en cuyo caso sí que sería deducible, o se produce despues de la venta, en cuyo caso no lo sería ya que en ese momento ya no es la vivienda habitual.

En la mayoria de los casos la cancelación se realiza con el dinero obtenido con la venta, por lo tanto no es deducible. Por supuesto, las cuotas satisfechas hasta la transmisión de la vivienda sí que se pueden deducir.

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