Cotizados 40 años, cobrare susbidio mayores de 55 años y cuantos años me contaran en 2023 para la jubilacion

Ahora si como la ayuda de los 55 años como me dijiste sigo cotizando hasta los 63 como me dijeron la seguridad social ya que el sepe con 61 años decía que mandaba a la S.S pero la seguridad social dice que me deben pagar hasta los 63 años, mi duda es, ahora sigo cotizando y cuando tenga 63 años sera jubilación anticipada hasta los 65 años pero me enviaste un cuadro y no entiendo mucho, ¿si cojo lo de los 55 años a los 63 años que sera el año 2023 me cojerian últimos 25 años para la jubilación o como cojo esa ayuda de los 55 años solo me cotizacioan por los últimos 15 años? No entiendo mucho ese cuadro por eso te vuelvo a consultar

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Para saber si se te aplica la "ley antigua" o la "ley nueva" para Jubilaciones anticipas (que son bastante diferentes) es imprescindible saber:

1.- Fecha de nacimiento.

2.- Fecha de tu última baja como activo ("fecha de despido" para entendernos)

3.- Tipo de despido, es decir, el artículo del Estatuto de los Trabajadores que pone como motivo o causa en tu carta de despido. Si es procedente o improcedente NO importa a estos efectos.

4.- ¿Hasta cuándo cobrarás la prestación por desempleo ("el paro") y cuántos años cotizados tendrás dicha fecha (míralo en tu Vida Laboral)?. Para pedir tu VL por internet sin Cl@ve ni Usuario-contraseña: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231440 

Responde en ese mismo orden cuando tengas esos datos.

Naci el 11-04-1960, 40 años cotizados hasta la fecha.

Fecha despido 17 de junio de 2015 tengo contrato por obra y ahora estoy cobrando paro antiguo hasta el 18 de julio.tengo paro nuevo pero si no vuelvo a trabajar cojere ahora el subsidio de mayores de 55 años hasta los 63 años

Es de aplicación la "ley nueva". Por el tipo de despido NO puedes optar a la Jubilación Anticipada "Forzosa".

Dados tus años cotizados (¿empezaste a cotizar a los 15 años?) Tu edad legal de jubilación ordinaria es de 65 años (11-04-2025), por lo tanto tu edad de Jubilación Anticipada Voluntaria es de 63 años (11-04-2023).

Años que entran en el cómputo del cálculo de la Pensión: los últimos 25 años

OJO IMPORTANTE: Para poder acceder a la Jubilación anticipada Voluntaria es ADEMÁS necesario que tras el cálculo de tu Pensión ésta sea superior a la Pensión mínima que correspondería por tu situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad que en 2015 son: Con cónyuge a cargo: 782,90 €/mes (10.960,60 €/año); Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal): 634,50 €/mes (8.883,00 €/año); Con cónyuge NO a cargo: 601,90 €/mes (8.426,60 €/año)

En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.

No obstante te faltan "demasiados" años para incluso la Jubilación Anticipada y la legislación y normas sobre pensiones están en pleno proceso de cambio y reajuste contínuo (en toda Europa). En los últimos cuatro años ha habido al menos cuatro cambios/reformas de importancia y, según "la que se avecina", en ocho años probablemente habrá cambios de mucha entidad.

Muchas gracias. Si empeze ha cotizar en el 1974 y he pasado un cancer y ya no puedo más. No me dieron ninguna invalidez y me mandaron a trabajar y como soy por contrato obra voy hablar con el empresario para que no me llane puesto que estoy haciendome pruebas otra vez y lo mejor sera cojerme los 426 euros ya que vivo sola.yo creo que para la jubilación de los 63 años ya me dara cono minimo los 634euros peri si no me da ddicha cantidad que debo hacer?

Quiero cojerlo antes de que suban la edad 

Estoy de acuerdo que lo más prudente sea solicitar el subsidio + 55 años en cuanto cumplas los requisitos (¡OJO, que son muchos!) Pero el problema es que quizás no podrás acceder a la Jubilación Anticipada a los 63 años por no llegar a la Pensión mínima. Una posible solución es subscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social en el que tu pagas las cuotas de cotizaciones superiores a la mínima (que es la que el SEPE paga por ti a la TGSS) y así aumentar el importe de la Jubilación hasta alcanzar la mínima. Hay que hacer "números" con el programa de autocálculo de la pensión que está en la web de la SS: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231479 

Si tienes interés te adjunto enlace donde se está impartiendo un curso on line (gratuito por supuesto) para saber utilizarlo y sacar provecho de todas sus posibilidades: es muy fácil y ameno. Son 13 lecciones y van por la 8ª: http://www.jubilacionanticipada61.org/html/kelistocurso.htm 

el convenio especial mas o menos cuanto seria? ahora en el trabajo era el 4,7 y creo que con el subsidio de 55 años creo que son sobre 28 euros o asi creo recordar. es que si ahora no lo cojo debere buscarme la vida y estoy que no puedo despues de cancer quimio sigo con cansancio,...etc

Léete este enlace para informarte de las posibilidades:

http://www.citapreviainem.es/convenios-especiales-seguridad-social/ 

los requisitos para los 55 son: años cotizados,no tener rentas altas ni tener algun alquiler. pero por ejemplo por tener 5000 euros en la cuenta y tener una libreta de la comunidad de vecinos que esta a nombre de tres vecinos no pasa nada no?

Consulta este enlace que lo explican con detalle:

http://www.citapreviainem.es/subsidio-mayores-55-anos/ 

Una última consulta: tengo ahora dos semanas de paro voy hablar con el empresario para que no me llame a trabajar porque estoy que no puedo.no pasaria nada si dejo el trabajo y agoto las dos semanas de paro que me quedan? A parte tengo otro paro de esta nueva empresa pero quiero dejarlo por si me encuentro dentro de un par de años mejor y decido trabajar poder tener ese paro hay pendiente.

En la nomina veo que pone seguridad social 118, 90 euros eso es lo que se cotiza? O aparte es el 4, 7 que me descuentan a mi?

1.- El problema es que si te apuntas como demandante de empleo (entre otras cosas para poder cobrar el desempleo) firmas un "compromiso de actividad" por el que NO puedes rechazar ninguna oferta de empleo adecuada a tus competencias. Sí puedes comentar personalmente tu situación a tu "ex empresario" para que no te llame directamente para un nuevo contrato (pero sin que el SEPE se entere pues es una ilegalidad)

2.- En tu nómina aparecen los tres conceptos de TUS aportaciones a la SS como trabajador: por contingencias comunes (el 4,7% de tu Base de cotización), por Desempleo (el 1,5% de la BC) y por Formación (el 0,1% de la BC). Además la empresa cotiza por ti su porcentaje (que no aparece en tu nómina) de la Base de Cotización. Dicha Base de cotización es lo IMPORTANTE para el cálculo tanto de la prestación por desempleo como para tu futura Pensión. En tu caso si tus aportaciones a la SS son de 118,90 € quiere decir que tu Base de Cotización es de 1.887€ (118,90 dividido por 0,063 que es la suma de 4,7+1,5+0,1).

Eso es al año o al mes los 1887? 

Por supuesto al mes, pues he entrepretado que la cifra de 118,90€ son mensuales, lo cual indica que tu sueldo bruto es de unos 22.670 €/año (incluidas dos pagas extras y sin posibles incentivos). No obstante NO te "enceles" con estos números, creo que debes dedicarle tiempo suficiente (probablemente más de un día) para leer y asimilar la información que hay en los numerosos enlaces que te he facilitado anteriormente y poder analizar lo que más te interese, pues de lo contrario te van a ir asaltando dudas contínuamente. Saludos

+ Años cotizados para el cálculo de la pensión: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Cuantia/6159

+ Programa de Autocálculo de la Pensión: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231479

+ Curso del Programa: http://www.jubilacionanticipada61.org/html/kelistocurso.htm

+ Solicitud de la VL: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231440

+ Convenio Especial con la SS: http://www.citapreviainem.es/convenios-especiales-seguridad-social/

+ Subsidio mayores 55: http://www.citapreviainem.es/subsidio-mayores-55-anos/

Si lo tengo todo bastante claro lo que tengo dudas que teniendo 40 años ya cotizados me da que no voy hacer ningun convenio especial para pagar mas.aun asi no  se como sacar el importe que el sepe pagara a la s.s cobrando yo 426 euros,  para asi saber que podria cobrar en la jubilación pero al no tener esos datos no se hacer el cálculo. el grupo de cotización que me sale en la nomina es 10.sabiendo lo que pagarian y cual es el minimo que se deberia pagar yo podria saber si me conviene hacer el convenio especial pero solo si cobro 426 euros es que no me llegara

Todas estas dudas están en los enlaces indicados, no obstante:

1.- Si tu Grupo de cotización es el 10, la Base de cotización mínima es de 756,60 €/mes que es la cotización que hará el SEPE a la TGSS mientras estés cobrando el subsidio 55 años (sin tener que pagar tú nada más a la SS). Evidentemente la Base Reguladora y, por lo tanto, la pensión será muy pequeña (tanto que puede no te puedas acoger a la JA Voluntaria por sali menor de la pensión mínima)

2.- Para calculo la cuota que deberías pagar tu a la SS mediante un CE para aumentar dicha Base de Cotización (y por lo tanto la Base Reguladora y la Pensión) puedes utilizar el programa de la SS (que ya estaba en el enlace del CE: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231480 

Insisto si no te los lees con paciencia siempre te van a surgir dudas.

¡Gracias! maravilloso  en todo!!! Muy rapido las contestaciónes

Si tras "hacer la digestión" de toda la información se te presentan incógnitas más concretas, no dudes en consultarlas, intentaré auxiliar si sé las respuestas.

¿Gpero si pagan 700 euros al mes por mi para que pagar más? ¿La base reguladora que es? Por ejemplo tengo en 2004, 2005, 2006,... ¿hasta 2012 bases de cotización sobre 1100 y 1200 euros.eso esta bien? Si cuentan los 25 años yo creo que ya me daría. En la TGSS Me di de alta y me dijeron que para el año que viene se podría calcular la jubilación

Para determinar la cuantía de la Pensión hay que calcular antes la BASE REGULADORA (BR). Para calcularla en tu caso se suman las BASES DE COTIZACIÓN (BC), que aparecen reflejadas en la nómina, de los últimos 25 años (es decir 300 meses) cotizados antes de la Jubilación (no se tienen en cuenta las pagas extras y se actualiza cada una con el IPC correspondiente acumulado total hasta la fecha de la Jubilación, menos las de los dos últimos años que no se actualizan con el IPC). A continuación se divide por 350 (pues 25 años son, teniendo en cuenta las 2 pagas extras que tendrás en la Pensión, 25 x 14 = 350 meses)

La BR, al ser una media actualizada de 300 BC, en general va a ser menor que la última BC (a no ser que en los últimos 25 años siempre hayas cobrado lo mismo (IPC aparte) y de ahí que, entre otros motivos, la cuantía de la pensión de jubilación sea menor que el último sueldo.

Una vez calculada la BR para calcular la PENSIÓN mensual (14 pagas al año) se aplican dos coeficientes reductores:

  1. a) Por años cotizados, en tu caso sería del 100% y, y otro
  2. b) Por adelanto: se reduce con unos coeficientes por cada trimestre de adelanto respecto a tu edad legal de Jubilación

Como ves todo depende de las BC y si con un Convenio Especial puedes aumentar su importe (pagando tú las cuotas) respecto a las que "paga" el SEPE por el Subsidio +55 años (que son las mínimas) aumentará tu BR y por tanto tu PENSIÓN.

Como ves es un poco lioso, y por ello es necesario utilizar el Programa de autocálculo de la SS (¿de dónde vas a sacar tú -o yo- los IPC acumulados anualmente de los últimos 25 años?) Y por eso hay que aprender a usarlo.

Por ejemplo si tus BC son las mínimas (756,60 €/mes) en los últimos 25 años, la BR sería (sin tener en cuenta el IPC): (756,60 x 300)/350 = 648,51 y si adelantas la jubilación dos años la Pensión tendría un coeficiente reductor del 13 % (2 años de adelanto) y sería de : 564,20 € que es menor que la pensión mínima (634,50 €) y NO PODRIAS JUBILARTE A LOS 63 AÑOS a no ser que subscribieras con anterioridad un CE para aumentar la BR y por lo tanto la Pensión.

Puede que "tengas claro" lo que quieres conseguir, pero tienes que dedicarle tiempo a aprender "cómo funciona esto" para poder conseguirlo realmente.

TODO esto (y mucho más y mejor explicado) está en el enlace que te puse sobre el curso on-line, por lo que INSISTO que hasta que no "estudies" (sin agobiarte) los enlaces te surgirán dudas constantemente. Es por tu propio interés. Saludos y "lee" con tranquilidad que tienes tiempo.

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