Supongo que te estas refiriendo a acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria. Para poder acogerte a esta modalidad debes tener al menos 35 años cotizados (el periodo de servicio militar computa como un año a estos efectos). Apuntarte también que la edad de acceso es 2 años antes de la edad legal de jubilación (que depende de los años cotizados y del año concreto del hecho causante pues hay un régimen transitorio de aplicación de la nueva legislación). Además la cuantía de la pensión resultante debe ser superior a la pensión mínima (es decir, no se pueden aplicar complemento a mínimos).
Los Coeficientes reductores por anticipación son:
- 2,000% trimestral con cotizaciones inferiores a 38 años.
- 1,875% trimestral con cotizaciones entre 38,5 y 41,5 años.
- 1,700% trimestral con cotizaciones entre 41,5 y 44,5 años.
- 1,625% trimestral con cotizaciones de más de 44,5 años
Para el cálculo de la pensión en la nueva legislación los periodos no cotizados ("lagunas") se rellenen con la base mínima de cotización (las primeras 48 lagunas, el resto con el 50% de dicha base mínima). Puedes subscribir un Convenio Especial con la SS para aumentar dichas bases abonando tu directamente las cuotas correspondientes.
Si usas el programa de autocálculo de la pensión de la SS te contempla todos estos detalles. Un saludo.
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231479