Herencia entre varios hermanos. Uno, se niega a firmar cuenta bancaria y no deja realizar reformas en vivienda heredada.

Somos 8 hermanos. Falleció hace dos años el hermano que vivía en la casa de nuestros padres. Este hermano tenía también una cuenta de ahorro a su nombre junto con otra hermana con titularidad indistinta. Como no tenía testamento ni descendientes, todo se ha repartido a partes iguales entre el resto de hermanos.

La casa de los padres ha pasado a ser de los 7 hermanos. La cuenta de ahorro, todavía está a nombre de nuestro hermano fallecido y de la hermana cotitular. No podemos arreglar la titularidad de la misma porque ahora uno de los hermanos se niega a ir a la entidad bancaria a firmar juntos con el resto de nosotros.

Este hermano está poniendo trabas por rencillas familiares de antaño y dice que sin su consentimiento el resto de hermanos no podremos hacer uso ni mejoras en la vivienda que hemos heredado.

El resto de hermanos queremos reformar la vivienda porque hay goteras y humedades. Y tenemos las siguientes dudas:

¿Es cierto que sin el consentimiento de este hermano no se puede hacer uso y mantenimiento de dicha vivienda?

Podría mi hermana que es cotitular de la cuenta retirar la parte que le toca de los ahorros del deposito que compartía con nuestro hermano fallecido?

Hasta qué punto este hermano puede impedir que el resto de hermanos usen el dinero de la cuenta de ahorro para mejoras en la vivienda familiar?

Según él nos dice, sin su consentimiento no podemos tocar nada, ni coger el tractor para mantener limpia la parcela colindante a la casa, ni cambiar el calentador, pintar, reformar tejado, etc.. Nada. ¿Es verdad?

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Pues no, no es verdad lo que dice su hermano. Se puede hacer las obras necesarias para la conservación. Y si acuden a un profesional que certifique la necesidad de las obras, le podrán exigir que pague su parte.

Además, si ya tienen la escritura de aceptación de herencia, pueden ir con la escritura al banco a buscar su parte.

Además de ello, su hermana puede sacar la mitad del dinero que había en la cuenta en el momento de fallecer su hermano, porque se supone que es de ella. En cuanto al reto, entiendo que ya fueron al notario y aceptaron la herencia, pero no se ha repartido, de manera que todos son copropietarios.

El código civil establece que nadie esta obligado a tener bienes en propiedad compartida, por lo tanto cualquiera de los hermanos puede instar la división. En este caso, si el bien es divisible hay que dividirlo y si no lo es hay que venderlo en pública subasta y repartir el dinero.

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Si las obras de la vivienda son necesarias para la conservación y el mantenimiento de la vivienda y ustedes las realizan, aunque su hermano les denunciara por ello, la razón les asiste y la denuncia quedaría en nada. No es lo mismo las obras de mantenimiento necesario de una casa que por ejemplo instalar un jacuzzi.

En cuanto a la cuenta entre su hermana y su hermano, y siempre que no se trate de una cuenta mancomunada, si ya se ha realizado la escritura de aceptación de herencia, y teniendo en cuenta que su hermano se niega a ir para arreglar la titularidad de la misma, su hermana debería ir con dicha escritura de aceptación de herencia a la entidad bancaria y ver así si puede retirar la parte que le corresponde de la cuenta.

Si ya se ha realizado la escritura de herencia y su hermano ha aceptado la misma, él debería ir a arreglar la titularidad de la cuenta, y si no es así pueden obligarle yendo por la vía contenciosa.

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Carlos Jiménez Vilá
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