Situación legal y obligaciones herencia
Mi padre falleció hace 7 meses, casado en únicas nupcias con mi madre, habiendo otorgado testamento, por el que nos deja como herederas a mi hermana y a mí (únicas hijas), y el usufructo de la cuota legal a mi madre. Su herencia se compone de alguna cuenta de ahorro y de varios inmuebles, todo situado en la Comunidad Valenciana, donde residía él y también nosotros. Como mi madre (de 86 años de edad) no tiene uso de sus facultades mentales y ello es apreciable a simple vista, aunque no se ha solicitado ningún justificante médico ni su inhabilitación judicial, no hay ningún notario que haga escritura alguna, aconsejándonos que dejásemos pasar el tiempo hasta que fallezca mi madre, y que mientras tanto pagásemos los impuestos de sucesiones y los presentáramos en la Oficina Liquidadora junto con un escrito, firmado por ambas hermanas (en nuestro nombre y en representación de nuestra madre), dirigido al Sr. Liquidador solicitando la oportuna liquidación por su parte (parece ser que el la comunidad Valenciana se hace así). Por lo tanto, hemos pagado el impuesto cada uno de nosotros (mi hermana y yo por nuda propiedad y mi madre por el usufructo del tercio de libre disposición) y lo hemos presentado en la Oficina Liquidadora junto en el mencionado escrito. En tal escrito se detallan los hechos relevantes para la herencia: Fallecido, testamento, herederos, los bienes, y se solicita la Liquidación Provisional del Impuesto de Sucesiones, no haciendo adjudicación ninguna de bienes concretos, indicando únicamente que al cónyuge pertenece el 50% de los bienes que pertenecían a la sociedad de gananciales y por el resto se indica el porcentaje que corresponde a cada heredero (hijas y usufructo para la cónyuge del fallecido). Tampoco se ha hecho ningún documento notarial sobre aceptación ni división de herencia ni sobre disolución de la sociedad de gananciales.
La pregunta y sus derivadas según la contestación serían:
1) ¿En qué situación hemos quedado ambas hermanas y mi madre? ¿Lo qué hemos hecho supone la "aceptación de la herencia" sea expresa o tácita?
2) ¿Cuáles serían las obligaciones legales y los trámites siguientes a seguir a partir de ahora, teniendo en cuenta que no hemos hecho ningún tipo de escritura sobre ninguna propiedad ni sobre la herencia?:
a) Con respecto al Registro de la Propiedad.
b) Con respecto a la Plusvalía Municipal en el Ayuntamiento de nuestra localidad.
c) Con respecto a la administración de estos bienes: Imputación de ingresos no reales de viviendas en el IRPF, intereses que devengan entretanto las cuentas, pago de recibos de I.B.I., etc.
La pregunta y sus derivadas según la contestación serían:
1) ¿En qué situación hemos quedado ambas hermanas y mi madre? ¿Lo qué hemos hecho supone la "aceptación de la herencia" sea expresa o tácita?
2) ¿Cuáles serían las obligaciones legales y los trámites siguientes a seguir a partir de ahora, teniendo en cuenta que no hemos hecho ningún tipo de escritura sobre ninguna propiedad ni sobre la herencia?:
a) Con respecto al Registro de la Propiedad.
b) Con respecto a la Plusvalía Municipal en el Ayuntamiento de nuestra localidad.
c) Con respecto a la administración de estos bienes: Imputación de ingresos no reales de viviendas en el IRPF, intereses que devengan entretanto las cuentas, pago de recibos de I.B.I., etc.
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Respuesta de taichichuan
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