No todos los errores u omisiones se corrigen de igual manera. La forma de subsanarlos depende de si la corrección ocasiona una diferencia a favor tuyo (a devolver más importe o a pagar menos) o a favor de Hacienda (a devolver menos o a pagar más).
Una declaración complementaria es aquella que sólo añade o modifica un dato declarado. Sin embargo, una declaración sustitutiva es la que anula y sustituye a la anterior declaración presentada
Las declaraciones complementarias se presentan cuando al añadir el dato omitido o corregir el error el resultado que se obtienes es a favor de Hacienda. Es decir, cuando como consecuencia de la corrección de la declaración anterior, sale a ingresar más o a devolver menos.
Si la corrección o el dato omitido originan una mayor devolución o un menor pago a Hacienda, se soluciona presentando un escrito donde se solicita la devolución de la diferencia ingresada o instando a la Administración a rectificar la declaración presentada, en el caso de que fuera negativa (a devolver) y la complementaria resulte una devolución superior
Este escrito o impreso se presenta en la ventanilla de Registro de vuestra Administración de Hacienda acompañada de:
- Copia de la declaración presentada en su día.
- Copia de la declaración corregida si se puede, aunque no es necesario ya que la Administración debe corregir la autoliquidación a la vista de la documentación presentada.
- Copia de los justificantes que acrediten los argumentos expuestos en el escrito. Por ejemplo, si he omitido un gasto o deducción aportar copia del justificante del mismo (copia de la factura y del medio de pago si es posible).
Ten en cuenta que, la carga de la prueba siempre recae en el contribuyente, así que cuanto más pruebas aportes para acreditarlo mejor.
- Hay 4 años para solicitar la devolución o rectificación de una declaración presentada.
- Cualquier escrito que se presente paraliza el cómputo del periodo de prescripción de los 4 años, empezando a contar de nuevo.
- Cualquier solicitud presentada a Hacienda instando una rectificación de una declaración presentada o solicitando una devolución, puede originar una comprobación de la declaración y de los motivos que la originan.
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