Identificación del conductor por e-mail
Nuestra pregunta es en relación a un coche de empresa. Este coche estaba en Barcelona el pasado Sábado. Esta mañana nos llaman y nos piden que identifiquemos al conductor, ya que al parecer puede haber cometido un delito contra la seguridad del tráfico, por exceso de velocidad en zona urbana. El coche no ha sido detenido y suponemos que era un radar fijo.
Para ello, nos envían un correo electrónico, aparentemente de la Guardia Urbana de Barcelona, pidiendo que facilitemos el nombre del conductor.
Les hemos contestado que nos hagan el requerimiento por escrito y correo certificado y que enstos momentos no sabemos quién podría estar conduciendo ese vehículo.
Las preguntas son:
1. ¿Tenemos la obligación de contestar por correo electrónico?
2. Una vez nos envíen el requerimiento, qué sucede si no identificamos, considerando que es probable que no sea sanción administrativa, sino penal. Es decir, sé que si fuera sanción administrativa sería el triple del importe de la sanción. La duda está en que suponemos que habría diligencias judiciales. ¿Serían los administradores responsables subsidarios?