Sanción administrativa
Mi duda era la siguiente, hace aproximadamente dos años me llego una multa a mi domicilio de 360 euros por consumo de cocaína en la vía publica y esto fue porque un verano la Guardia Civil encontró esta droga en el suelo y hubo tanta mala suerte que yo estaba por allí, así que la Guardia Civil cogió los datos a todos los que allí se encontraban y después me lleve esta sorpresa no muy agradable.
Después de multitud de recursos y lógicamente todas desestimadas ( la palabra de la policía tiene más valor que la de un ciudadano normal) decidí pagarla en agosto del año pasado en una Administración de Hacienda y dejarme de más líos. Pero actualmente me han surgido varias dudas:
1-Recuerdo que en la primera carta ponía una posible retirada de carnet ( hace 2 años), ¿podría llegar esa retirada después de haber pagado la multa? ( En agosto).
2- Esto es una sanción administrativa, pero ¿es un delito o falta?, ¿Estoy en los archivos de la policía (fichado)?.
3- Haber pagado esta sanción me puede traer consecuencias, como por ejemplo no poder opositar a oposiciones de justicia, policía, etc.
Después de multitud de recursos y lógicamente todas desestimadas ( la palabra de la policía tiene más valor que la de un ciudadano normal) decidí pagarla en agosto del año pasado en una Administración de Hacienda y dejarme de más líos. Pero actualmente me han surgido varias dudas:
1-Recuerdo que en la primera carta ponía una posible retirada de carnet ( hace 2 años), ¿podría llegar esa retirada después de haber pagado la multa? ( En agosto).
2- Esto es una sanción administrativa, pero ¿es un delito o falta?, ¿Estoy en los archivos de la policía (fichado)?.
3- Haber pagado esta sanción me puede traer consecuencias, como por ejemplo no poder opositar a oposiciones de justicia, policía, etc.
4 respuestas
Respuesta de huecha
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Respuesta de vic2001
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Respuesta de jaebae
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Respuesta de lauradt
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