Duda sobre sacar gran cantidad de dinero para luego donarla unos meses después

Mi padre tiene unos 70000 euros en el banco por la venta de un piso, me los quiere donar a mi para que me compre un piso, el problema es que aun me queda mínimo un par de meses para firmar las escrituras del piso y mi padre no quiere tener ese dinero en la cuenta bancaria por otros motivos...

Hemos pensado que el saque ese dinero en efectivo, guardarlo en una caja de seguridad y dentro de unos meses ir a un notario que me done el dinero y ya comprar yo la vivienda

Vivo en Andalucía y el motivo de no donarlo aun es por el tema de los impuestos, para cumplir las condiciones para que este exento al 99% del impuesto de donaciones una de las condiciones es que no pueden pasar más de 30 días entre que me de el dinero y se compre la vivienda. Las demás condiciones las cumplo

¿Cómo veríais esa opción?, mi padre saca el dinero, lo guardamos en una caja de seguridad y cuando yo vaya a comprar la vivienda (en unos meses) vamos a un notario y me lo dona en efectivo, ¿algún problema que pueda tener esta operación?

Yo he llamado a la hacienda de la junta de Andalucía y me dicen que no hay ningún problema en que mi padre saque ese dinero del banco y lo done en efectivo siempre que se haga mediante notario, pero quería saber si habría algún problema con la hacienda nacional o con alguna otra cosa que deba saber

He leído que si saca tanto dinero y meses después lo ingresa el en su cuenta nuevamente se puede considerar incremento del patrimonio pero en este caso meses después lo que haría seria donarlo a mi, y el dinero es totalmente legal, es lo que sobro de la venta de un piso y quitarse la hipoteca...

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Le doy otra posibilidad: que su padre le haga un préstamo sin interés o a muy bajo interés.

Con un contrato privado es suficiente.

Lo estuvimos pensando pero,¿si a mi padre le llega un embargo pueden hacerme a mi devolver ese dinero a quien le embargue? ¿y aparte es más lio por el tema que durante un tiempo hay que demostrar que se esta pagando ese préstamo no? ¿Y aparte del contrato privado hay que legalizar ese préstamo en hacienda?

Lo mismo estoy equivocado en algo de todo esto que he dicho, si puede ayúdeme, gracias!

En principio el embargo le llegaría sobre los bienes disponibles en el momento, o sea recaería sobre la cantidad que vd. le va devolviendo mes a mes (recordar que hay una parte que es inembargable)

El contrato privado tiene validez y legalidad de por sí, nada tiene que ver con comunicarlo a hacienda; es recomendable comunicarlo pero no obligatorio.

Simplemente le he dado otra posibilidad para que la valore además de la que vd. ha nombrado de la donación, no implica que mi opción sea mejor que la que usted aporta.

Gracias por todo, se lo comentare a mi padre pero creo que es mucho mas lió por el tema futuro,

¿usted como ve el tema de sacar el dinero guardarlo en una caja de seguridad y en unos meses mi padre hacerme la donación en efectivo ante notario a mi? hay algún problema en eso???

Ningún problema en eso

¡Gracias! Si hay alguien que quiera añadir algo más puede decirlo ja ja todas las opiniones son bien recibidas, tenemos cierto miedo a que mi padre saque ese dinero del banco y cuando vayamos a realizar la donación que suponemos sera en 2 - 3 meses como mucho pongan algún impedimento al ser dinero en metálico y no por transferencia bancaria o en un futuro nos reclamen algo por esa operación o algo...

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