Cancelar Seguro de protección de pagos BBVA UNO-E
Recientemente para contratar un préstamo de unos 3000 € mediante el corte inglés, me hicieron el préstamo con una financiera externa UNO-E y resulta que a la vez me hicieron contratar un préstamo de protección de pagos, bajo amenaza de no concesión de préstamo.
Según he leído esto esta prohibido por la dirección general de mediación de seguros con fuertes sanciones para los bancos o mediadores de seguros que realicen estas practicas.
Mi duda es que firme los papeles bajo el tema de que sino no me concedían el préstamo, pero a la vez se que no pueden obligarme a contratar un seguro de protección de pagos y yo no quería hacerlo, aun no me han cobrado la primera prima que por lo visto es anual fraccionada en dos pagos que ni idea de cuando vienen, solo me dijeron dos veces al año. Yo quiero dar de baja ese seguro, ya recibí el dinero de la financiera, y he visto que en las condiciones del seguro pone que según el articulo 83 a de la Ley de contrato de seguro puedo rescindir unilateralmente el contrato de seguro comunicándolo a la entidad aseguradora en el plazo de un mes desde la contratación del seguro y de modo fehaciente ( carta certificada con acuse de recibo, burofax ).
¿Tendré algún problema con uno-e?, ¿Me subirán por eso las cuotas del préstamo? ¿Pueden penalizarme por dar de baja el seguro?, ¿Qué plazo tienen para contestarme? El escrito seria a la aseguradora bbva seguros s.a, de seguros y reaseguros solo o también a uno-¿e?.
Ya sé que son muchas preguntas en una sola vez, espero haberme explicado bien y pueda alguien orientarme en este tema.