Saber si un jubilado puede hacer trabajos de mantenimiento y si puede ser un apoderado de una empresa.

Mi pregunta es referida a una comunidad de propietarios. Resulta que de los 36 apartamentos, 24 de ellos son de una empresa de inmobiliaria. Hemos pedido notas simples y registro mercantil de esa empresa y nos sale que el admnistrador único es la mujer del actual presidente/administrador de la comunidad y él consta como apoderado. Además esta empresa es la que nos hace todos los trabajos de la comunidad, el único proveedor. NOs hace los trabajos de mantenimiento piscina, jardinería, limpieza escaleras y lámparas, arreglos fachadas, lampistería... La persona que realiza esos trabajos es directamente el presidente/administrador.

Hemos investigado y resulta que el presidente/administrador creemos que no puede tener esos cargos porque no es propietario de ningún apartamento, ya que simplemente es apoderado y además creemos que tampoco puede ser administrador porque no es propietario ni está colegiado. Además sabemos que está jubilado y cobra una pensión por su antiguo puesto. ¿Podría ser presidente/administrador de la comunidad? ¿Puede hacer los trabajos de mantenimiento piscina, jardinería... Si está jubilado? ¿Puede ser apoderado y a la vez jubilado? Si él no puede hacer los trabajos, ¿esa empresa de inmobiliaria los puede hacer? Lo digo porque solo hay dos cargos en esa empresa, uno la mujer como administradora y él como apoderado ¿quién podría hacer esos trabajos?

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